Yucatán: Esto debes hacer si tu patrón no te da permiso para ir a vacunarte

La ley obliga a las y los patrones a brindarles el permiso a los trabajadores

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Es común que la vacunación coincida con el horario laboral, por lo que si tu jefa o jefe no te permiten vacunarte, puedes poner una queja. (Novedades Yucatán)
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MÉRIDA, Yuc.- En Yucatán continúa avanzando la vacunación de personas de más de 60, y de 50 a 59 años, además de que ya se otorgó una primera dosis a los maestros que se registraron; ahora viene el registro para personas de 40, y algunos se preguntan qué hacer si en el trabajo no te dan permiso para vacunarte.

Muchas personas de dicho rango de edad se encuentran trabajando en alguna empresa, por lo que tendrán que pedir permiso para ir a vacunarse.  

Es común que la vacunación coincida con el horario laboral, por lo que si tu jefa o jefe no te permiten vacunarte, puedes poner una queja ante la Profedet pues estarían violando tu derecho a la salud.

¿Qué pasa si no te dan permiso en el trabajo?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) indicó que los trabajadores no están solos frente a esta situación y que las y los jefes no pueden negarles el permiso para faltar y acudir a la vacunación.

En caso de que esto llegara a suceder, se recomienda acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para que se les brinde asesoría gratuita sobre lo que deben realizar.

Los trabajadores también serán apoyados en el sitio de la Procuraduría Digital de Atención al Trabajador Covid, pues el personal de esta dependencia se encargará de dar seguimiento a todas las afectaciones laborales, como despido o permiso sin goce de sueldo durante la contingencia sanitaria.

¿A dónde marcar?

En caso de que un trabajador quiera asesoría o presentar una queja puede marcar al: 800-911-78-77800-717-29-42, 555-998-20-00, extensiones. 44740 y 44741

Asimismo, podrán escribir a [email protected].

Si te niegan el permiso para ir a vacunarte, México cuenta con artículos que amparan a los trabajadores en caso de que su situación laboral se complique por cuestiones de salud. 

El Artículo 408 de la Ley General de Salud indica que las autoridades sanitarias correspondientes se encargarán de ordenar la vacunación a todas las personas vulnerables ante una enfermedad transmitible, por ejemplo el Covid.

Por otra parte, el Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo señala que todos los patrones están estrictamente obligados a cumplir con cada una de las disposiciones que indiquen las autoridades competentes del país, además de proporcionar a sus trabajadores todos los elementos que dicten estas mismas, por ejemplo, las vacunas, especialmente, cuando se trata de una contingencia sanitaria.

 

 

Con información de ADN 40

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