Aprueba Senado prohibición de publicidad sexista

La reforma, turnada a la Cámara de Diputados, busca erradicar mensajes que asocien sumisión, burla y exclusión hacia el sexo femenino.

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La reforma fue aprobada con 104 votos a favor. (Notimex)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- El pleno del Senado de la República aprobó reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el objetivo de proteger a las mujeres de la publicidad "engañosa, abusiva o que muestre estereotipos degradantes".

En la sesión ordinaria se aprobó por 104 votos a favor la reforma que busca erradicar de la publicidad en anuncios espectaculares, radio, televisión y medios impresos, las imágenes y frases que degradan a la mujer.

La reforma, turnada a la Cámara de Diputados, define como "información o publicidad degradante" a aquella que muestre hechos, acciones, símbolos, así como expresiones que asocien características de exclusión, sumisas, racistas o de burla hacia lo femenino.

Se argumenta que los medios de comunicación electrónicos difunden mensajes que "abundan en una posición subordinada de las mujeres sumisas y, por lo mismo, queridas por figuras masculinas".

Mientras que en la publicidad, se agrega, la mujer que presenta intelecto figura muchas veces como una persona inestable emocionalmente, frívola o nada tierna, "pero sobre todo con un propósito de venganza o con antecedentes de haber sido beneficiada por dejarse someter sexualmente".

Aunado a ello, se destaca que algunos estudios han demostrado que en la mayoría de los casos la mujer aparece en los anuncios como madre o consumidora, al mismo tiempo que es aconsejada, informada o ayudada a decidir por un personaje masculino.

Basta mencionar que los medios de comunicación reportan que el 80 por ciento de la categoría de personajes de "autoridad" son representados por hombres y sólo 20 por ciento de los casos son personificados por mujeres, se subraya en el texto.

Los legisladores consideraron que lo anterior refleja un cuestionamiento al discurso femenino contra prácticas discriminatorias, pues no contribuyen a impulsar métodos o discursos de igualdad de género.

Estimaron que este tipo de prácticas no permiten la apertura para que la mujer intervenga en el espacio público y no contribuye a procurar la equidad y certeza entre el consumidor y los proveedores.

Durante la sesión en el Senado también se aprobó la reforma a la fracción XI del Artículo 7 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, la cual establece como obligación de dicho instituto emitir -anualmente- a las Cámaras de Diputados y de Senadores, a los Congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el diagnóstico sobre la situación de las mujeres, en relación con los avances del Programa y la operatividad del mismo.

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