Conoce los cambios que establece la reforma al Poder Judicial

La iniciativa de la reforma judicial ha causado polémica dentro y fuera de México.

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Conoce los cambios que establece la reforma al Poder Judicial. (Foto: Canva)
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Ante toda la polémica que gira en torno a la iniciativa de la reforma al Poder Judicial, a continuación de explicamos los cambios que establece.

  • Consejo de la Judicatura

Será sustituido con la creación de dos órganos:el Órgano de administración judicial y el Tribunal de disciplina judicial.

El Tribunal de disciplina judicial será el encargado de recibir denuncias, investigar y, si es necesario, sancionar a ministros, magistrados y jueces. 

Por otro lado, el Órgano de administración judicial tendrá independencia, así como autonomía técnica y de gestión, para emitir sus resoluciones. Este órgano operará de manera separada, tanto funcional como orgánicamente, de la Suprema Corte.

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  • Suprema Corte de Justicia de la Nación

Se ha propuesto reducir el número de ministras y ministros de 11 a 9. Además, se plantea la eliminación de las dos Salas que actualmente existen, permitiendo que el Pleno sea el único órgano encargado de conocer y deliberar sobre todos los asuntos que lleguen al máximo tribunal. 

Según lo que establezca la ley, las sesiones del Pleno serán públicas, garantizando la transparencia en la toma de decisiones.

El periodo de servicio de las ministras y ministros de la SCJN también sufriría una modificación, reduciéndose de 15 a 12 años improrrogables, alineando su duración con la de otros cargos de elección popular, como los diputados federales y senadores.

  • Tribunal Electoral

El mandato de las magistradas y magistrados de la Sala Superior y de las salas regionales será de seis años, sin posibilidad de extensión.

  • Presidencias

La presidencia de la Suprema Corte y del Tribunal Electoral ya no será elegida por sus miembros, sino que recaerá en quien obtenga el mayor número de votos. Además, se prohíbe la creación y operación de fideicomisos dentro del Poder Judicial.

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  • Voto popular

Las ministras y ministros de la Suprema Corte, las magistradas y magistrados de Circuito, las juezas y jueces de Distrito, así como las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, serán seleccionados por la ciudadanía mediante un voto directo y secreto.

Se propone poner a consideración de la ciudadanía una lista de 30 aspirantes a ministros: 10 serán propuestos por el presidente, 10 por el Congreso y 10 por la Suprema Corte.

  • Elección extraodinaria

En junio de 2025, se llevará a cabo una elección extraordinaria en la que se renovarán todos los ministros, los cargos de jueces y magistrados vacantes, así como dos magistraturas pendientes en la Sala Superior del Tribunal Electoral.

  • Campañas

Durante las campañas, los candidatos tendrán igualdad de acceso a la radio y la televisión y podrán participar en debates en medios de comunicación. Sin embargo, no podrán recibir financiamiento, contratar espacios en medios, ni los partidos políticos podrán manifestarse a favor de ningún candidato. 

Las campañas tendrán una duración de 90 días y no habrá precampañas.

  • Tómbola

Se propone la creación de tres Comités de Evaluación, uno en cada Poder, encargados de recibir los expedientes de los aspirantes a jueces, magistrados y ministros. 

Estos comités evaluarán la idoneidad de los candidatos y elaborarán listas de los seleccionados. Si el número de aspirantes supera las vacantes disponibles, se recurrirá a una tómbola para ajustar la cantidad de candidatos. El Senado enviará las listas finales al Instituto Nacional Electoral antes del 12 de febrero de 2025.

  • 'Jueces sin rostro'

Para proteger la seguridad de los juzgadores en casos relacionados con la delincuencia organizada, se introducirá la figura de "jueces sin rostro", cuyo objetivo es resguardar la identidad de estos funcionarios. 

  • Fideicomisos

Se prohibirá la creación y operación de fideicomisos en el Poder Judicial, y se impedirá la suspensión de normas mediante controversias, acciones de inconstitucionalidad y amparos.

  • Voto en estados

La elección no solo abarcará a ministros y jueces federales, sino también a 5 mil 025 juzgadores locales en las 32 entidades del país. Sin embargo, la fecha exacta para estas elecciones aún no ha sido establecida.

(Foto: Canva)
  • Jueces locales

A diferencia de los jueces federales, los jueces y magistrados estatales podrán permanecer en sus cargos de manera indefinida tras participar en solo dos elecciones. 

Estos funcionarios no estarán obligados a competir en elecciones extraordinarias hasta junio de 2027, y queda a discreción de los congresos estatales decidir si se suman o no a la elección extraordinaria.

  • Condiciones para la pensión de ministros

Los ministros y ministras en funciones que deseen cobrar su pensión vitalicia deberán presentar su renuncia a finales de octubre, pero permanecerán en su cargo hasta el 31 de agosto de 2025. 

Esto ocurrirá un día antes de que los nuevos integrantes de la Corte tomen protesta ante el Senado.

(Foto: Canva)
  • Sueldo máximo en el Poder Judicial

Finalmente, se establece que la remuneración de los ministros de la Suprema Corte, magistrados, jueces y demás personal del Poder Judicial de la Federación, así como los jueces y magistrados de los Poderes Judiciales de las entidades federativas y de la Ciudad de México, no podrá superar el salario del presidente de la República.

Con información de Reforma

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