México: Delitos contra César Duarte ya prescribieron: defensa

La defensa del exgobernador de Chihuahua pide a EEUU desechar petición de extradición a México.

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César Duarte es requerido por México para responder por presunto peculado de 96.6 millones de pesos, por once desvíos del erario a dos de sus empresas y personas allegadas entre 2011 y 2014. (Agencia Reforma)
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Víctor Fuentes                                    

Ciudad de México.- César Duarte Jáquez, ex Gobernador de Chihuahua preso desde julio en Estados Unidos, pidió a una jueza federal de Miami desechar en su totalidad la solicitud de extradición en su contra para ser juzgado en México, por peculado y asociación delictuosa, delitos que según la defensa, ya prescribieron.

La defensa de Duarte presentó el 29 de septiembre la petición formal para desechar el caso, alegando que los diez incidentes de peculado que la Fiscalía General de Chihuahua le imputa a su cliente ya prescribieron, al igual que el cargo de asociación delictuosa.

El documento detalla cada una de las transferencias de recursos públicos de Chihuahua hacia empresas y personas relacionadas con Duarte, entre 2011 y 2014, y concluye que la posibilidad de perseguirlos penalmente está prescrita, de acuerdo a las leyes penales de esa entidad y de Estados Unidos.

El Tratado de Extradición México-Estados Unidos prohíbe autorizar la entrega de un acusado por delitos que ya prescribieron de acuerdo a las leyes de cualquiera de los dos países.

La jueza Lauren Louis dio al Departamento de Justicia hasta el 14 de octubre para responder esta moción, que es paralela a la resolución sobre la solicitud de extradición, para la cual está agendada una audiencia el próximo 10 de noviembre.

Acusan a Duarte de apropiarse de más de 96 millones de pesos

Chihuahua acusa a Duarte de apropiarse de 96.6 millones de pesos, pero en distintas operaciones, que para la defensa constituyen, cada una, un cargo por peculado, cuya prescripción debe ser analizada de manera individual, según la fecha y monto de cada transferencia.

Duarte alega que, en siete operaciones, el plazo de prescripción según el Código Penal de Chihuahua era de tres años, porque el monto de cada una fue menor a 500 salarios mínimos elevados al año.

De las tres transferencias restantes, cuyo monto excedió los 500 salarios mínimos y por tanto el plazo de prescripción es ocho años, la defensa sostiene que una está prescrita según la norma de Chihuahua, mientras que para las otras dos aplica la la prescripción de cinco años, regla general en la legislación estadounidense.

Cabe mencionar que el artículo 270 del Código Penal de Chihuahua, que sanciona el peculado, hacía referencia en la época de los hecho a "500 salarios mínimos" sin aclarar si son diarios, mensuales o anuales, lo que es crucial para aclara cuál es el plazo de prescripción aplicable.

La defensa alega que que son 500 salarios mínimos anuales, pues este tipo de lagunas en leyes penales deben ser interpretadas para "maximizar" los derechos humanos del acusado.

En cuanto a la asociación delictuosa, el plazo de prescripción de 49 meses y medio tendría que ser contado a partir de la última transacción, el 2 de diciembre de 2014, por lo que se habría cumplido en enero de 2019.

Si la jueza no compra la idea de que es aplicable la prescripción de Chihuahua como la interpreta la defensa, pero sí acepta la prescripción de la ley estadounidense, todavía estarían vigentes un cargo de peculado de 5.5 millones de pesos y el de asociación delictuosa.

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