Senado aprueba ley para donación de órganos automática
Ayer también, la minuta fue remitida a la Cámara de Diputados.
Agencia
CIUDAD DE MÉXICO.- Por unanimidad de 75 votos, el pleno del Senado de la República aprobó ayer martes que todas las personas mayores de edad en México, sean automáticamente donadores de órganos y tejidos cuando fallezcan, a menos de que en vida hayan manifestado por escrito su negativa a ceder partes de su cuerpo.
La modificación a la Ley General de Salud crea la figura de “consentimiento presunto o expreso”, modificando el esquema de donación en el país, que actualmente sólo es por consentimiento expreso en carta ante notario, tarjeta de donador o por autorización de los familiares, informa el portal Excélsior.
Este mismo martes la minuta fue remitida a la Cámara de Diputados, de ser aprobada en esa instancia, todas las personas mayores de 18 años serán automáticamente donadores de órganos y tejidos, y ningún familiar podrá oponerse, salvo que la persona fallecida haya expresado su rechazo a ser donante.
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Dentro de sus argumentos, el proyecto de reforma señala que, para 2017, registró en la lista de espera a más de 21 mil pacientes.
El dictamen, que pasa a la Cámara de Diputados, busca mejorar la cultura de la donación, abatir la lista de espera, e inhibir el tráfico ilegal de órganos.
En la ley se aclara que sólo podrán ser extraídos para trasplantes y que procederá únicamente cuando se haya confirmado la pérdida de vida del donante.
El consentimiento establece las siguientes excepciones:
- Que sea otorgado por menores de edad, incapaces o por personas que por cualquier circunstancia se encuentren impedidas para expresarlo libremente. En estos casos no será válido.
- Cuando sea otorgado por una mujer embarazada sólo será admisible si el receptor estuviere en peligro de muerte, y siempre que no implique riesgo para la salud de la mujer o del producto de la concepción.
- La reforma señala que será el Centro Nacional de Trasplantes y los centros estatales de trasplantes, en el ámbito de sus respectivas competencias, las que harán constar el mérito y altruismo del donador y de su familia.