En México, ¿es delito pasar el 'pack'?

En México se han creado unidades para atender las actividades ilícitas por internet.

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La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento es una forma de violencia sexual que afecta principalmente a mujeres jóvenes, de entre 18 y 30 años. (Foto: Notimex/Jessica Espinosa)
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Redacción/SIPSE

México.- Este martes, el Parlamento Italiano aprobó por unanimidad la ley que establece como delito la “amenaza porno”, que consiste en la difusión de imágenes sexuales para denigrar a una persona, el cual será castigado con penas de cárcel de hasta seis años y multas de hasta 16 mil 800 dólares. 

La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento es una forma de violencia sexual que afecta principalmente a mujeres jóvenes, de entre 18 y 30 años.

El concepto de “pack” hoy en día, en la red de redes, se refiere literalmente a un paquete. Sin embargo, en este caso estos se tratan de archivos digitales que bien pueden ser fotos o videos de una persona, la cual puede aparecer desnuda o realizando prácticas sexuales. 

Pero en México, ¿es un delito difundir imágenes sexuales?

El 1 de agosto, Yucatán se convirtió en el primer estado del país en penalizar hasta con nueve años de cárcel, la difusión de imágenes, texto y grabaciones con contenido erótico o sexual obtenidas con o sin el consentimiento de la persona involucrada.

El estado de Yucatán incentivo a los demás estados de México para penalizar los delitos contra la imagen personal, conocido como pornovenganza.

Veracruz también estableció una sanción de hasta 10 años de cárcel por enviar imágenes, audios o videos que exhiban alguna parte íntima del cuerpo o expongan actos sexuales.

Lo anterior se considera como un delito de abuso de confianza por la transmisión, reproducción o difusión de dichos materiales; la pena va desde seis meses hasta cinco años de prisión, más una multa de aproximadamente 24 mil 180 pesos.

Asimismo se establece que cuando se difunda el contenido con intenciones lucrativas, la pena de prisión podría ser de entre dos y 10 años y se decomisará todo el material y gráficos del delito para ser destruido. A ello, se le sumará una multa de entre 16 mil y 40 mil pesos.

De acuerdo con un Mujeres Sin Violencia, los estados que cuentan con legislaciones similares incluyen el Estado de México (Art. 269 Bis del Código Penal), Chihuahua (Art. 180 Bis del Código Penal), Jalisco (Art. 135 Bis del Código Penal), Querétaro (Art. 159 Bis del Código Penal, bajo la figura de “Revelación de secreto) y recientemente Puebla (Art. 255 y 255 Bis del Código Penal).

En diciembre de 2016, la Cámara de Diputados aprobó en pleno un dictamen para reformar el Código Penal Federal en sus artículos 211 y 259, y sancionar el ciberacoso y la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento; sin embargo, está pendiente la ratificación por parte de la Cámara de Senadores.

¿Cómo reportar y denunciar?

Debes usar la aplicación para celular PF Móvil o llamar desde cualquier teléfono fijo o móvil al número 088 para realizar tu denuncia oficial y que la Policía Cibernética te asesore y comience la investigación correspondiente.

En México se han creado unidades para atender las actividades ilícitas por internet, por ejemplo: la Policía Cibernética Preventiva de la Ciudad de México, la Unidad de Prevención e Investigación Cibernética del Estado de México o la Policía Cibernética de Jalisco. El objetivo es prevenir, atender, sancionar y combatir los delitos cibernéticos, es decir aquellos relacionados con el uso de las tecnologías.

Otra parte de la solución a este problema es que como sociedad no se estigmatice a las víctimas de estos delitos, y en su lugar se centre la atención en las personas agresoras/delincuentes. De esta forma además, eliminaremos los prejuicios encaminados a dañar la reputación de las personas que son víctimas de estos delitos.

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