¿Eres viudo? Con seis meses de matrimonio podrás cobrar pensión

El Senado de la República aprobó la iniciativa para que una viuda o viudo tengan derecho a la pensión.

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Foto de contexto: Pixabay
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El Senado de la República aprobó la iniciativa de los diputados federales del PRI, Marcela Guerra y Rubén Moreira, el cual determina que los derecho habientes del IMSS e ISSSTE que queden viudos y tengan más de seis meses de haberse casado podrán contar con una pensión de viudez.

Esta nueva iniciativa, se aprobó con la intención de eliminar la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con la condición de tener un año cumplido, entre la fecha de la celebración del matrimonio y la muerte de un asegurado para que una viuda o viudo pueda tener derecho a la pensión por viudez.

Sin embargo, actualmente con esta reforma que deroga las fracciones II y III del artículo 132 de la ley del IMSS, y las fracciones II y III del artículo 136 de la ley del ISSSTE se logra también tener derecho a ese beneficio cuando se hubiese contraído matrimonio con el asegurado después de haber cumplido éste los cincuenta y cinco años de edad; o cuando recibía ya una pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.

Hay que mencionar, que después de que los senadores avalaran esta reforma este viernes, se ha remitido al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales, por lo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

Con información de Reforma

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