¿Debes a Elektra? Apresúrate, tiene un adeudo de $18 Mlls., con el SAT

La Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa confirmó un crédito fiscal fincado por el SAT a Grupo Elektra, por ISR omitido en 2013.

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Grupo Elektra tiene adeudos con el SAT. (Agencia Reforma)
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Ricardo Carrillo

Ciudad de México.- Un tribunal federal confirmó hoy un crédito fiscal de 18 mil 455 millones de pesos fincado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a Grupo Elektra, por Impuesto sobre la Renta (ISR) omitido en el ejercicio de 2013.

La Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) declaró infundado, por unanimidad de 11 magistrados, el juicio de nulidad promovido por Elektra para impugnar la resolución del SAT.

Se trata del crédito fiscal más cuantioso del que se tenga registro público.

Con esa cantidad alcanzaría para pagar el Parque Ecológico Lago de Texcoco (PELT), obra prioritaria del actual Gobierno, que se estima costará 17 mil 713 millones de pesos durante de ocho años de obras.

La sentencia del TFJA no es definitiva, pues Elektra puede impugnarla mediante amparo directo ante un tribunal colegiado y, eventualmente, llevar el asunto a la Suprema Corte de Justicia (SCJN).

"Es importante recordar que, en los créditos fiscales determinados por los ejercicios del 2008, 2010 y 2011, la autoridad fiscal declaró inexistentes las pérdidas en venta de acciones de dichos ejercicios", explicó la empresa.

Resolución del Tribunal del caso Elektra

"No obstante lo anterior, en la liquidación del ejercicio de 2013, determinó que dichas pérdidas deben reversarse; es decir, acepta que las pérdidas son existentes y válidas, situación que resulta contradictoria y ocasiona un doble perjuicio a la empresa", agregó.

Según el SAT, no existe el doble perjuicio, porque si Elektra acepta pagar tres créditos de ejercicios anteriores, que suman 8 mil 451 millones de pesos, esa cantidad será disminuida a los 18 mil 455 millones de 2013.

El TFJA resolvió que, en 2013, Elektra tenía que haber reversado las deducciones por pérdida de acciones que aplicó en ejercicios anteriores, ya que ese monto fue superior a las ganancias que obtuvo.

En su reporte del segundo trimestre de 2020, Elektra informó que litiga contra ocho créditos fiscales por un total de 34 mil 63 millones de pesos, y que este monto está "debidamente garantizado" ante la autoridad.

El 14 de octubre, el TFJA declaró infundado otro juicio de Elektra, contra un crédito de 2 mil 4 millones de pesos por el ejercicio fiscal 2010.

La Suprema Corte, en tanto, tiene pendiente la sentencia final sobre un crédito de 2 mil 636 millones de pesos, relativo al ejercicio de 2006, asunto en el cual la Ministra Margarita Ríos Farjat había propuesto en junio negar el amparo.

Sin embargo, Elektra promovió el impedimento de Ríos Farjat, quien fue jefa del SAT en 2019, y la Segunda Sala de la Corte resolvió el 14 de octubre que el caso debe ser turnado a otro ministro.

En 2019, Grupo Elektra, que incluye la cadena de tiendas del mismo nombre, así como Banco Azteca y otras entidades financieras, tuvo ingresos de 119 mil millones de pesos, y utilidad neta de 16 mil 150 millones de pesos.

Anulan a América Móvil deudas por mil 903 mdp

En su sesión de hoy, la Sala Superior del TFJA también anuló resoluciones del SAT por las que América Móvil (AMX) debía pagar mil 903 millones de pesos, debido a supuestas irregularidades en su pago de ISR del ejercicio 2005.

El TFJA tuvo que dar cumplimiento a un amparo otorgado a la empresa en septiembre de 2019 por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que resolvió que el SAT aplicó en 2009 dos auditorías distintas a AMX por el mismo ejercicio y por los mismos hechos.

La auditoría anulada fue la iniciada en junio de 2009 por la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia, que impuso en marzo de 2012 una multa de mil 374 millones de pesos a Sercotel, filial de AMX, mientras que en diciembre de 2014 fincó a esta última un crédito fiscal de 529 millones de pesos.

Sin embargo, la Administración Central de Fiscalización Internacional del propio SAT había iniciado en enero de 2009, a las mismas contribuyentes, una revisión sobre el ejercicio de 2005, sin que hubieran nuevos hechos que pudiera justificar la auditoría posterior.

"La autoridad fiscalizadora únicamente puede iniciar una nueva revisión de gabinete o visita domiciliaria a un contribuyente cuando se trata de las mismas contribuciones, aprovechamientos y periodos ya revisados, pero cuando compruebe hechos diferentes a los revisados. Por ello es necesario que la autoridad exponga como motivación aquellos hechos diferentes", explicó el tribunal que amparó a AMX.

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