Hasta 10 años de cárcel por monopolio absoluto: SE

Las leyes secundarias sobre Economía contemplan mayores sanciones que antes.

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El juicio de amparo directo y la revisión de la SCJN serán los medios de defensa que tendrán los acusados por monopolio absoluto. (Notimex/Contexto)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- Las leyes secundarias en cuestión económica enviadas por el Ejecutivo prevén hasta 10 años de cárcel a quienes realicen prácticas monopólicas absolutas; aunque el juicio de amparo directo y la revisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) de la Nación serán los medios de defensa que tendrán, señaló Ildefonso Guajardo, titular de la Secretaría de Economía (SE).

En conferencia de prensa para dar a conocer la reglamentación secundaria de la Ley Federal de Competencia Económica, indicó que las sanciones que contempla serán más rígidas, y que éstas pueden llegar a la desincorporación de activos, cárcel y sanciones económicas, informa Milenio.

“Hay un incremento en las penalidades. Establecería que como resultado de los mecanismos de revisión pudiera llegar a tres tipos de sanción. Como lo explicó el consejero, puedan ser la desincorporación, las sanciones penales y las sanciones monetarias”, indicó.

Multas

Agregó que las sanciones monetarias ya habían sido revisadas a estándares internacionales, desde la reforma de 2011, por lo cual permanecen en los niveles establecidos con anterioridad, entre las cuales se destacan multas hasta de 8 por ciento de los ingresos totales del agente económico por haber incurrido en concentraciones ilícitas.

De acuerdo con el documento enviado a la Cámara de Diputados, la Comisión de Economía, presidida por el diputado Mario Sánchez Ruiz, será la encargada de revisar la propuesta; se contemplan multas de 5 mil salarios mínimos y por el equivalente a 5 por ciento de salario mínimo del agente económico por no haber notificado una concentración; multa hasta de 10 por ciento de los ingresos del agente económico por incumplir resoluciones fijadas en la resolución sin concentración.

También contempla multas de 180 mil veces el salario mínimo a los federativos públicos que intervengan en los actos relativos a una concentración cuando no hubiera sido autorizado por la comisión.

Sentencias penales

El titular de Economía puntualizó que en el caso de las sentencias penales, en la legislación actual las hace inviables; sin embargo, con las modificaciones pueden ser hasta de 10 años de cárcel.

“Las penales, en la ley de 2011, estaban sujetas a un mecanismo que las hacía prácticamente inviables en su aplicación; ahora el rango de castigo aumenta de cinco a 10 años, cuando originalmente era de tres”, afirmó.

Agregó que, de igual forma, la desincorporación en la legislación aprobada en 2011 se contemplaba, pero también era muy limitada, por lo que con la propuesta del Ejecutivo se podrá utilizar con mayor medida.

“La desincorporación de activos, que al mismo tiempo se hacía referencia en la reforma de 2011, en forma práctica estaba sujeto a muchos candados que la hacían también inviable”, explicó.

Desincorporación

Humberto Castillo, consejero jurídico de la Presidencia, quien también participó en la conferencia, puntualizó que la iniciativa prevé la desincorporación de activos, partes sociales y acciones, en dos aspectos.

Explicó que el primero, establecido en el artículo 94, es mediante un nuevo procedimiento especial para que la Cofece pueda hacer una investigación de mercado para determinar si existen barreras a la libre competencia y concurrencia, o si existen insumos esenciales y las consecuencias es que puede dictar las medidas necesarias para eliminar estas barreras.

Explicó que, adicionalmente, se establece la desincorporación de activos como sanción en relación con algunas prácticas prohibidas en la nueva disposición.

A pregunta expresa sobre cómo podrán los agentes económicos protegerse de posibles abusos de autoridad en resoluciones finales de la Cofece, Guajardo señaló que se podrán interponer amparos directos e indirectos, y los fallos tendrán la opción de revisión de la Corte, al eliminar el juicio de nulidad. 

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