Peña Nieto impugna la Ley de Telecomunicaciones
Ocho artículos interfieren en facultades que constitucionalmente corresponden al Presidente de la República.
Agencias
CIUDAD DE MÉXICO.- El presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por considerar que otorgan facultades inconstitucionales al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
El consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos Cervantes informó que el primer mandatario ordenó interponer el recurso ante el máximo tribunal, en contra de los lineamientos generales emitidos por el IFT en diciembre pasado sobre la defensa de las audiencias, informa Notimex.
De acuerdo al consejero jurídico, estos lineamientos que tienen como propósito regular los derechos de las audiencias, tienen un vicio de origen en la citada ley, pues la Carta Magna establece que la regulación en la materia, corresponde al titular del Ejecutivo federal.
Acompañado por el Vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez, explicó que la autoridad demandada es el Congreso de la Unión, al establecer en la Ley que el IFT puede emitir los lineamientos generales.
Dijo que la publicación de los lineamientos generales constituye el primer acto de aplicación de esta Ley, y que la Constitución no le otorga al Instituto la atribución para regular los derechos de las audiencias, que al ser un derecho humano le corresponde al Ejecutivo.
Respeto institucional
En el recurso interpuesto hoy ante el máximo tribunal del país se solicita que se declaren inválidos los Lineamientos Generales emitidos por el IFT, explicó Castillejos Cervantes.
Afirmó que el presidente Peña Nieto respeta y reconoce el trabajo del Congreso de la Unión y el IFT, pero ello, no impide que acuda a las instituciones del país para que se haga un control de la constitucionalidad.
Respecto a los tiempos, recordó que la demanda primero tiene que ser admitida por algún ministro y se debe notificar a las partes demandadas, para que posteriormente se presente un proyecto de resolución.
En este sentido, expuso que se debe esperar a que se admita loa controversia para analizar si se solicita un incidente de suspensión de esta ley, que entraría en vigor el próximo 16 de febrero.