Juez federal invalida reformas por violar deliberación democrática

El responsable de esta decisión es Agustín Gaspar Buenrostro Massieu, juez de Querétaro.

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Juez federal invalida reformas por violar deliberación democrática. (Foto: Canva)
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Al otorgar un amparo a Leonel Castillo González, expresidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), un juez federal invalidó la reforma judicial y de supremacía constitucional, porque el Poder Legislativo violó el principio de deliberación democrática a la hora de aprobarlas.

El responsable de esta decisión es Agustín Gaspar Buenrostro Massieu, Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales de Querétaro. 

Su resolución representa el primer amparo concedido contra la reforma de supremacía constitucional y el segundo contra la reforma judicial.

En su sentencia, el juez explicó que la deliberación democrática es un principio esencial del proceso legislativo. Este principio implica no solo la toma de decisiones por mayoría de votos de los representantes, sino también la inclusión y discusión activa de las posturas de las mayorías y minorías políticas.

Buenrostro Massieu subrayó que la legitimidad de las decisiones legislativas radica en el cumplimiento del procedimiento deliberativo público, el cual asegura un debate transparente y representativo.

Según su fallo, este procedimiento fue vulnerado durante la aprobación de las reformas en cuestión, motivo por el cual decidió anularlas.

"Ello en virtud de que los debates sostenidos en la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión no cumplió con su función primordial que era analizar en estricto sentido la reforma constitucional propuesta, pues, como ya se evidenció, se limitaron a entablar discusiones sobre las posibles manipulaciones de los votos a favor de la reforma, pero jamás se realizó un debate centrado en analizar los pros y contras de tal reforma", señala la sentencia.

"Tampoco cumplieron su función constitucional las legislaturas locales, pues en muchos casos, en menos de 24 horas, votaron las reformas sin lectura de los dictámenes respectivos, dispensando los trámites legislativos sin justificarlo, e incluso sin debatir el tema".

"Lo anterior evidencia que en el procedimiento (legislativo) se cometieron violaciones trascendentales que conculcan el principio de deliberación democrática, por lo que provocan la invalidez total de las reformas reclamadas". 

El juzgador precisa que este fallo implica también dejar sin efectos todos los actos posteriores de ambas reformas, realizados en vía de consecuencia, por ‘ser frutos de actos viciados’.

A principios de diciembre, la juez sexto de distrito en materia administrativa de Jalisco, María Gabriela Ruiz Márquez, dictó la primera sentencia de amparo contra la reforma judicial, publicada el 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La dictada por el juez Buenrostro es la segunda contra dicho decreto, pero al mismo tiempo es la primera contra la reforma de supremacía constitucional y que trasciende públicamente.

Esta disposición, publicada el 31 de octubre, prohíbe impugnar las reformas a la Constitución impuestas por la mayoría en el Congreso.

Con información de Reforma 

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