Prohíbe juez la entrada de papa de EU a México por esto...

Analizó las repercusiones que tendría la dispersión de plagas cuarentenarias.

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El juez reconoció que el ingreso de papa fresca de EU vulnera el derecho humano a la alimentación. (Excélsior)
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Agencia
Ciudad de México.- Un juez federal ordenó negar el ingreso de papa fresca proveniente de Estados Unidos, e incluir medidas fitosanitarias para mitigar el riesgo de importación del tubérculo, “potencia” que en épocas recientes ha institucionalizado políticas hostiles hacia México y que podría obtener dominio sobre el mercado nacional.

José Francisco Pérez Mier, titular del juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, con sede en Los Mochis, analizó las repercusiones que tendría la dispersión de plagas cuarentenarias provenientes del extranjero en territorio nacional y que generarían la inminente desaparición del sector primario mexicano dedicado a la producción de papa, informa el portal Milenio.com.

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Tras declarar inconstitucionales los artículos 54, 55, apartado A, fracciones XX a XXXI, y noveno transitorio del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, dentro del juicio de amparo 545/2017, el juez ponderó la superioridad económica de los productores norteamericanos de papa que cuentan con apoyos gubernamentales; las falsas premisas emanadas de la ideología relativa a que es mejor importar alimentos básicos que incentivar su producción, y la violación a la seguridad nacional.

La sentencia establece que dichos factores, al interactuar unos con otros, conducen a la dependencia alimentaria hacia una potencia extranjera. “Potencia que en épocas recientes ha institucionalizado políticas hostiles hacia México y que en la hipótesis de obtener dominio sobre el mercado nacional, sería la única proveedora de dicho tubérculo, a la par de la desaparición de un sector productivo estratégico para nuestro país”, detalla el fallo.

Por tanto, se reconoce que el ingreso de papa fresca de EU vulnera el derecho humano a la alimentación; es contrario a la soberanía nacional consagrada en el artículo 39 constitucional y atenta contra la seguridad nacional, al ocasionar dependencia alimentaria.

Destaca que el comercio binacional se supedita tanto a factores fitosanitarios como de índole económica y productiva; es decir, el comercio de los productos agrícolas no es libre, sino que depende de los intereses de cada nación.

Bajo esas condiciones, añade el juez federal, constituye un asunto de seguridad nacional proteger la planta productiva de alimentos de primera necesidad, como lo es la producción de papa, ya que su destrucción debilita al Estado mexicano como nación, haciéndola depender de otro país para satisfacer la demanda alimentaria.

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