Estos empleos no se suspenden por la emergencia sanitaria

El Gobierno Federal reveló el listado completo de actividades que se consideran esenciales.

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(Paola Chiomante/SIPSE)
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CIUDAD DE MÉXICO.- El Consejo de Salubridad General acordó decretar la emergencia sanitaria por fuerzas de causa mayor, a fin de mitigar los contagios de Covid-19 en México.

Por ello se ordenó la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril 2020, de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social.

“Los servicios no esenciales de los sectores social y privado deberán adoptar de inmediato modalidades de teletrabajo, trabajo a distancia o análogos, sin que las actividades de sus trabajadores impliquen un acto presencial”, señala el acuerdo que se tomó en el Consejo de Salubridad General.

¿Cuáles son los trabajos que deberán seguir operando?

Aquellos que se dedican a la conservación y mantenimiento de infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables como ser los de: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica de primer nivel, entre otros más que pudieran ser definidas bajo esta categoría. 

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El Gobierno Federal reveló el listado de servicios específicos que podrán seguir operando con normalidad.

Los que de manera directa son necesarios para atender la contingencia sanitaria:

  • Actividades laborales de la rama médica paramédica, administrativa y de apoyo en todo el sector salud, público y privado.
  • Los que participan en su abasto, servicios y proveeduría, entre las que destacan el sector farmacéutico tanto en su producción como en su distribución (farmacias).
  • La manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud.
  • Involucrados en la adecuada disposición de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos así como la limpieza y sanitización de las unidades médicas.

Los involucrados en la seguridad:

  • Seguridad pública y la protección ciudadana.
  • Defensa de la integridad y la soberanía nacional.
  • Procuración e impartición de justicia.
  • Actividad legislativa en los niveles federal y estatal.

Los relacionados con el funcionamiento de la economía:

  • Servicios financieros.
  • Recaudación tributaria.
  • Distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas.
  • Generación y distribución de agua potable.
  • Industria de alimentos y bebidas no alcohólicas.
  • Mercados de alimentos.
  • Supermercados.
  • Tiendas de autoservicio.
  • Abarrotes y venta de alimentos preparados.
  • Servicios de transportes de pasajeros y carga.
  • Producción agrícola y pecuaria.
  • Agroindustria, química, productos de limpieza.
  • Ferreterías.
  • Servicios de mensajería.
  • Guardias en labores de seguridad privada.
  • Guarderías y estancias infantiles.
  • Asilos y estancias para personas de la tercera edad.
  • Telecomunicaciones y medios de información.
  • Servicios privados de emergencia.
  • Servicios funerarios y de inhumación.
  • Servicios de almacenamiento.
  • Cadena de frio de insumos esenciales, logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles).

(Fuente: Consejo de Salubridad General).

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