Suprema Corte suspende en todo México trámite de amparos contra la prisión preventiva

Los ministros ordenan a los juzgados y tribunales federales esperar a que se definan los alcances y criterios definitivos sobre esta figura jurídica.

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México: SCJN suspende trámite de amparos contra la prisión preventiva. (Foto: Reforma)
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una orden a los juzgados y tribunales federales en todo México, indicándoles abstenerse de resolver amparos que cuestionen la figura de la prisión preventiva oficiosa hasta que se establezca un criterio definitivo al respecto.

Esta decisión se tomó en una sesión privada del Pleno de la Corte, con una votación de cinco a cuatro, y se formalizó mediante un Acuerdo General propuesto por la Ministra presidenta Norma Piña, a petición de varios magistrados de tribunales colegiados que han enfrentado resoluciones contradictorias en este tema. 

Esta resolución se confirmó a través de la ministra Lenia Batres, quien la hizo pública en su cuenta de Twitter. 

Generalmente, la SCJN emite acuerdos de este tipo de manera unánime para prevenir que los juzgados y tribunales emitan fallos contradictorios mientras los ministros no hayan clarificado el criterio prevaleciente.

Sin embargo, la suspensión de la resolución de estos amparos es una medida inusual, debido a que involucra la libertad personal de individuos acusados de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, una materia que usualmente se considera de alta prioridad para resolución.

El Gobierno federal ha manifestado repetidamente su preocupación a la SCJN sobre la posibilidad de una sentencia que ordene la inaplicación de la prisión preventiva oficiosa, como lo dictaminó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2023.

La Corte tiene programados para finales de agosto tres expedientes relevantes a este tema, incluyendo uno que define la implementación de la sentencia de la CIDH por parte de los jueces mexicanos, y otro que anula parcialmente una reforma de 2021 que amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, adicionales a los mencionados en el artículo 19 de la Constitución.

Estos asuntos han sido pospuestos en varias ocasiones, pero la Ministra Piña y sus colegas Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán, responsables de la lista del Pleno, podrían adelantar su discusión.

El Gobierno sostiene que la inaplicación de la prisión preventiva oficiosa resultaría en la liberación de miles de reos peligrosos. No obstante, la realidad sería que los jueces tendrían que evaluar caso por caso si es justificable mantener al acusado en la cárcel mientras se dicta sentencia.

Mientras tanto, ya existen jurisprudencias limitando la prisión preventiva oficiosa. Un ejemplo es la emitida en abril pasado por el Pleno en Materia Penal de la Región Centro Norte, aplicable en 17 estados, que prácticamente ordena no encarcelar a personas con órdenes de aprehensión por delitos graves. 

(Con información de Reforma)

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