Pruebas animales en cosméticos quedan prohibidas por el Senado

Tampoco se podrá fabricar, importar ni comercializar productos cosméticos derivados de pruebas animales.

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Foto de contexto: KMA .img via UNSPLASH
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CIUDAD DE MÉXICO.- Las Comisiones Unidas de Salud y Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron, por unanimidad, la reforma a la Ley General de Salud para prohibir las pruebas cosméticas en animales.

De acuerdo con el coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, esta reforma se prevé que sea analizada, y en su caso aprobada, en las primeras sesiones del Senado a partir del 1 de septiembre, junto con la Ley Federal de Revocación de Mandato y la Reforma a la Ley de la Armada de México.

La reforma en materia de Salud, previamente avalada en San Lázaro, establece que la investigación cosmética no podrá incluir pruebas en animales de ingredientes cosméticos, de productos cosméticos finalizados ni de sus ingredientes o la mezcla de ellos.

Tampoco se podrá fabricar, importar ni comercializar productos cosméticos cuando en su formulación final medien o hayan mediado pruebas en animales, y cuando contengan ingredientes o combinaciones de éstos que sean o hayan sido objeto de pruebas en animales.

Para garantizar el derecho a la información del consumidor, el etiquetado de los productos cosméticos comercializados podrá señalar que en su fabricación no se han llevado a cabo pruebas en animales.

Sanciona con una pena de dos a siete años de prisión, y multa equivalente de 200 a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización, a quien contrate, autorice, conduzca, participe o desarrolle pruebas cosméticas en animales.

Además, precisa un plazo de 180 días para expedir las disposiciones jurídicas necesarias para la aplicación del decreto y destaca que la Secretaría de Salud, en atención de sus disponibilidad presupuestaria, incentivará y dará facilidades para la investigación nacional dirigida a desarrollar modelos alternativos al uso de pruebas en animales, validadas por la comunidad científica internacional.

Define también un plazo de dos años a partir de la expedición de las disposiciones jurídicas para que los fabricantes puedan sustituir las pruebas cosméticas en animales por métodos alternativos para evaluar la seguridad y eficacia de los productos cosméticos.

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