¿En qué consiste el "asilo político" que recibirá Evo Morales?

Marcelo Ebrard confirmó que Evo Morales solicitó verbalmente asilo político en México.

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Agencia
MÉXICO.- La tarde del lunes, 11 de noviembre, la Secretaría de Relaciones Exteriores anunció que el gobierno mexicano aceptaba la petición de Evo Morales de asilo político.

De acuerdo al pronunciamiento de Marcelo Ebrard, el canciller mexicano explicó: “Hace unos minutos recibí la llamada del presidente Evo Morales. Solicitó formal y verbalmente asilo político en nuestro país.”

Con la anuencia de la Secretaría de Gobernación, el asilo político fue concedido al expresidente boliviano “por razones humanitarias y en virtud de la situación de urgencia que enfrenta en Bolivia, en donde su vida e integridad corren riesgo.”

A raíz de esta decisión, entre la población vuelve a surgir la pregunta… ¿qué es el asilo político?

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Para entender el concepto de asilo político, primero hay que remontarnos a la definición de “refugiado” establecida en la Convención de Ginebra de 1951, la cual dicta:

Toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de genero u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país.

En cambio, las caravanas migrantes que parten de Centroamérica y cruzan por México para entregarse a las autoridades fronterizas de Estados Unidos no huyen de sus países por motivos políticos, pero sí escapan de la violencia de las pandillas, por lo que tienen derecho a pedir asilo por razones humanitarias.

En este contexto, cabe mencionar la diferencia clave entre refugiado e inmigrante económico. Mientras el refugiado huye por temor a ser perseguido, el inmigrante económico abandona su país de manera voluntaria, ya sea por razones laborales o profesionales.

En el caso de México, los extranjeros que se encuentran en el territorio nacional tienen derecho a solicitar la condición de refugiado, presentando una solicitud ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados o ante el Instituto Nacional de Migración.

En caso de reconocerse la condición de refugiado a un extranjero, el Instituto Nacional de Migración lo documentará bajo la calidad de Inmigrado. En el supuesto de no reconocerse la condición de refugiado, la Coordinación General en la misma resolución debe pronunciarse en el sentido de otorgar o no otorgar la protección complementaria.

Una vez que la petición de asilo sea concedida, el acogido adquiere la condición de refugiado, un estatus que sobrepasa a la condición de inmigrante o extranjero y permite que los Estados receptores garanticen sus derechos fundamentales. Por ejemplo:

  • No puede ser devuelto al país donde teme ser perseguido.
  • No puede ser castigado por entrada irregular al país.
  • Derecho a un empleo digno que garantice su manutención y a un salario acorde con sus necesidades.
  • Libertad de circulación dentro del territorio.
  • Derecho a una vivienda digna durante el tiempo de su estancia en el país receptor.
  • Derecho a una educación gratuita y de calidad durante su estancia.
  • Derecho a una asistencia médica en las mismas condiciones que los ciudadanos del país receptor.
  • Libertad de practicar su religión.
  • Acceso a los tribunales.
  • Obtención de documentos de identidad y viajes.

Para muchos integrantes de la clase de política en los países receptores, la condición de asilo suele ser malinterpretada. Por ejemplo, en Estados Unidos, el gobierno de Trump constantemente acusa a las caravanas de querer entrar al país de manera ilegal, por lo que es importante resaltar que los centroamericanos no están violando la ley, siempre y cuando soliciten asilo ante las autoridades competentes.

A todo esto, ¿por qué confundimos “asilo político” con “asilo”? Aunque técnicamente estos términos no son sinónimos, la realidad es que los derechos otorgados a un refugiado son básicamente los mismos que obtiene alguien a quien se le concede asilo político. La única diferencia es que en ciertos países (como Estados Unidos) los requisitos son menos cuando alguien huye de su país de origen por motivos políticos.

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