Saldo en contra en declaración anual: ¿Cómo puedes pagarlo?
Este saldo negativo se genera cuando los impuestos pagados durante el año fiscal fueron menores a los realmente debidos.
La declaración anual ha traído noticias mixtas para millones de contribuyentes mexicanos. Mientras algunos celebran tener saldo a favor, otros enfrentan saldo a cargo, es decir, una cantidad que deben pagar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
De acuerdo con la plataforma Taxdown, este saldo negativo se genera cuando los impuestos pagados durante el año fiscal fueron menores a los realmente debidos.
Esto puede deberse a errores en las retenciones, omisiones de ingresos o incumplimiento de obligaciones fiscales.
¿Por qué aparece un saldo a pagar?
Factores como las deducciones personales mal aplicadas también influyen. Estos gastos pueden incluir servicios médicos, colegiaturas, seguros de retiro o gastos funerarios, siempre que cuenten con factura.
Por ello, es fundamental que las personas físicas con obligación de declarar deduzcan correctamente estos gastos para evitar un saldo en contra.
Están obligados a presentar declaración quienes:
- Ganaron más de 400,000 pesos anuales como asalariados.
- Tuvieron más de un patrón.
- Trabajan por honorarios o como freelancers.
- Recibieron premios, donativos o préstamos mayores a 600,000 pesos.
- Enajenaron bienes, heredaron, se jubilaron o fueron indemnizados, y superaron los 500,000 pesos en ingresos anuales, según el SAT.
Opciones para pagar en parcialidades
Si el resultado de tu declaración indica impuestos a pagar, puedes optar por cubrir el monto en hasta seis parcialidades, siempre que la declaración se haya presentado en tiempo y forma, es decir, durante abril.
El SAT indica que la primera parcialidad debe pagarse tras presentar la declaración. Las siguientes se deben cubrir antes de que termine el mes correspondiente.
Es obligatorio descargar las líneas de captura para efectuar los pagos, ya sea por transferencia bancaria o en ventanilla, en instituciones autorizadas.
Evita recargos y pierde el beneficio
Si no realizas los pagos en tiempo, se generan recargos. Y si incumples dos parcialidades, pierdes el beneficio de pago diferido y deberás cubrir la deuda completa.
“La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2025, incluyendo, en su caso, los recargos”, advirtió el SAT en su sitio web.
Con información de El Economista