¡Imparable el SAT! Agrega 94 contribuyentes en lista negra de factureras

El organismo, dependiente de la Secretaría de Hacienda, ya les había notificado en una primera instancia.

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El SAT informó que los contribuyentes no aportaron argumentos. (Agencia Reforma)
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Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), perteneciente a la Secretaría de Hacienda, agregó un total de 94 contribuyentes en su listado definitivo global por emitir facturas electrónicas para operaciones simulares.

Después de ser notificados en varias etapas del procedimiento, para informarles de su presunta responsabilidad del delito de defraudación, se decidió ponerlos en la lista definitiva negra de los factureros publicados hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Son dos listas: en la primera hay seis empresas de diversos ramos de:

  • Veracruz
  • Guanajuato
  • Coahuila
  • Estado de México

Y en la segunda son 88 entre empresas y personas físicas de:

  • Oaxaca
  • Querétaro
  • Morelos
  • Campeche
  • Tabasco

Lo anterior, debido a que no aportaron argumentos y / o pruebas, para desvirtuar el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción.

Por ello, el SAT actualizó definitivamente la situación a la que se refiere al primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) .

SAT procedió a notificar a los contribuyentes

En dicho artículo del CFF se establece que cuando la autoridad detecta que un contribuyente ha estado emitiendo un comprobante fiscal sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentran no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.

Bajo ese se procederá a notificar a los contribuyentes que se encuentran en dicha situación a través de su buzón tributario, en el portal del SAT y en el DOF , con el fin de que pueden manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificar.

Para ello, los señalados, contarán con un plazo de quince días contados a partir de las notificaciones que se hayan efectuado.

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