SCJN avala aborto a menores de edad en casos de violación
Las niñas de 12 a 17 años de edad podrán interrumpir voluntariamente el embarazo sin autorización de sus padres, madres o tutores.
Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó la Norma Oficial Mexicana (NOM) que ordena a los hospitales públicos a practicar abortos en caso de violación a menores de 12 a 17 años de edad, incluso sin autorización de sus padres.
Los ministros avalaron la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de servicios de salud, por mayoría de votos. Criterios para la atención médica de la violencia familiar, para quedar como NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
El proyecto fue realizado por el ministro Luis María Aguilar Morales y con el aval de la Corte, la NOM ya puede ser aplicada en todos los hospitales públicos del país.
“Las agresiones sexuales corresponden a un tipo de delito en el que la víctima no suele denunciar por el estigma que dicha denuncia conlleva usualmente, aunado a la naturaleza traumática que genera en sus víctimas. De ahí que el proyecto considera que la interrupción del embarazo en caso de violación constituye una medida que tiende acatar las obligaciones constitucionales y convencionales en caso de violencia contra las mujeres”, expresó el ministro Aguilar Morales.
"Ninguna niña puede ser obligada a ser madre": Arturo Saldívar
De acuerdo a la modificación, mujeres y niñas podrán interrumpir voluntariamente el embarazo cuando hayan sido víctimas de violación, sin necesidad de autorización judicial o, en el caso de menores de edad, sin previa autorización de sus padres.
“En los casos de violación, ninguna niña puede ser obligada a ser madre. Ni por el Estado, ni por sus padres, madres o tutores. Aquí la transgresión a sus derechos es más grave, no solo por su calidad de víctimas, sino por cuestión de su edad”, declaró Arturo Zaldívar
(Con información de El Universal y Aristegui Noticias)