Senadores aprueban en comisiones más días de vacaciones

La Comisión de Trabajo aprobó que los obreros tengan 12 días de asueto en su primer año laboral y no 6 como actualmente se les otorga.

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Senadores aprueban en comisiones más días de vacaciones. (Foto: Pxhere)
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La comisión de Trabajo del Senado avaló con 11 votos a favor de la reforma que busca ampliar de 6 a 12 como mínimo, los días de vacaciones en el primer año de trabajo.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, para su discusión y aprobación, y posteriormente será presentada ante el Pleno, lo que ocurrirá en dos semanas más.

El presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Napoleón Gómez Urrutia, afirmó que se trata de una iniciativa histórica que reivindica el trabajo humano y la dignidad de los trabajadores.

“Mucho hemos avanzado en estos cuatro años de esta administración en materia de defensa de derechos laborales, de democracia sindical y de justicia laboral. Quedan muchos temas todavía por corregir sin duda y de cambiar, pero ese es un paso histórico”.

Actualmente el periodo vacacional para los trabajadores es de seis días por el primer año de antigüedad.

Esta iniciativa, reforma los artículos 61, 76, 78, 81, 179 y 199 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones dignas.

En la exposición de motivos de la iniciativa señala que México tiene una deuda con sus trabajadores, porque tienen el derecho al ocio, al descanso y destaca la importancia de la salud, sobre todo, después de la pandemia de Covid-19 y sus efectos.

Así, los días de vacaciones por años trabajados quedarán de la siguiente manera:

De 6 a 10 años, serán 22 días de descanso; de 11 a 15 años, se incrementará a 24 días; de 16 a 20 años, a 26 días; de 21 a 25 años, serán 28 días; mientras que de 26 a 30 años, aumentarán a 30 días y de 31 a 35 años, serán 32 días de descanso laboral.

El dictamen se turnó a la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, para su discusión y votación, y en caso de ser aprobado, se presentará ante el pleno en dos semanas más.

El artículo 77 que acompaña al capítulo IV de dicha ley titulado "Vacaciones", menciona que los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.

El artículo 78 dice que los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos.

(Con información de El Universal)

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