'Sentencia de Roxana fue evaluada con perspectiva de género': Poder Judicial

Autoridades aseguraron que con solo un golpe la joven de 23 años pudo haber detenido la agresión.

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(Foto: Agencia Reforma)
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Luego de que familiares, colectivas y defensoras de Roxana Ruiz señalaran que la sentencia de 6 años y 2 meses de prisión a los que fue condenada, por asesinar a su agresor sexual, no tuvo perspectiva de género, el Poder Judicial del Estado de México argumentó que la resolución fue conforme a derecho. 

Además, indicó que la sentencia por el homicidio con pubilidad atenuado por haber ocurrido en exceso de legítima defensa fue estudiada por la jueza con perspectiva de género

Detalló que se basó en las pruebas aportadas por la Fiscalía y la defensa, considerando la condición de vulnerabilidad de Roxana como mujer indígena. 

También el Poder Judicial argumentó que en la acusación y mecánica de hechos, se acreditó el exceso de legítima defensa dado que según las pruebas, Roxana dejó inconsciente a Sinaí por un golpe en la cabeza y luego lo asfixió por estrangulación. 

"Este golpe era suficiente para contener la agresión física que terminó cuando lo neutralizó", indicó el Poder Judicial.

Aclaró que después de los hechos, Roxana permaneció con el cadáver alrededor de 20 horas. De igual manera, le hizo lesiones tras haber muerto, se trata de cinco heridas de entre cuatro a 32 centímetros.

En ese sentido, la jueza consideró que se agravó la culpabilidad de Roxana al haber pretendido mutilar el cuerpo, colocarlo en una bolsa de plástico, y salir a la calle.

Sentencia de Roxana podría ser apelada 

La sentencia puede ser apelada para que en segunda instancia magistradas y magistrados confirmen, modifiquen o revoquen la resolución.

Cabe mencionar que Roxana permanece en libertad hasta que no haya una revocación o confirmación de dicho dictamen luego de que se agoten todas las instancias.

(Con información de Agencia Reforma

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