Así puedes solicitar apoyo del DIF para gastos funerarios; incluye Covid-19
Checa los pasos y requisitos que deben entregar los solicitantes.
El Gobierno Federal ofrece apoyo para cubrir los gastos funerarios de familias en situación vulnerable. El trámite es gratuito y tiene cobertura nacional.
El proceso se realiza a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) a través de los Lineamientos para Otorgar Apoyos para Gastos Funerarios a Población en Situación de Vulnerabilidad.
Estos son los pasos que deben seguir los familiares del difunto:
- Enviar un correo electrónico a: [email protected].
- En ese mensaje se debe anexar el nombre completo del solicitante y el de la persona fallecida.
- Domicilio.
- Teléfonos de contacto.
- Razones por las que se hace la petición.
- Certificado o acta de defunción.
En caso de que el difunto no tenga familiares
Las áreas de Trabajo Social de hospitales, fiscalías de justicia e instituciones públicas y privadas de asistencia social que, conforme a sus atribuciones, tengan a cargo la tutoría social o similar de las personas en situación de vulnerabilidad, o la disposición secundaria del cuerpo de la o el fallecido, en caso de que no haya familiares, pueden solicitar el apoyo enviando la petición al mismo correo, con el nombre de la institución pública o privada solicitante y adjuntando la documentación que acredite la situación de vulnerabilidad de la persona fallecida:
- Copia de la carpeta de investigación, para el caso de personas en situación de calle.
- Estudio socioeconómico con el que se cuente de la institución hospitalaria.
- El certificado de defunción en que conste el hecho de ser persona cuyo origen es desconocido, o cualquier otro elemento que acredite tal circunstancia.
¿Qué incluye el apoyo en gastos funerarios del Gobierno Federal?
- Los servicios de este apoyo contemplan
- El rescate del cuerpo de la persona fallecida,
- Su traslado del lugar donde haya sucedido el deceso a la agencia funeraria o, en su caso, del domicilio;
- La tanatopraxia: embalsamado básico y preparación del cuerpo con maquillaje, arreglo y vestimenta del fallecido, siendo la vestimenta proporcionada por la familia, incluye embalsamamiento ya sea en muerte natural o muerte legal.
¿Qué sucede en caso de muerte por Covid-19?
Solo se realizará el servicio de preparación del cuerpo; velación (el solicitante puede optar por servicio en domicilio o en capilla), inhumación o cremación.
¿Quiénes no pueden optar por este servicio?
Quienes cuenten con seguro funerario, que estén inscritas en algún programa de asistencia funeraria, dupliquen la solicitud de apoyo o formen parte de otro programa de servicio de gastos funerarios por parte de instituciones gubernamentales federales, estatales o municipales, y que sea cubierto con apoyos o subsidios federales, bajo el mismo objeto o recursos federales transferidos.