TEPJF multa a Xóchitl Gálvez por uso indebido del logo del INE
Medios nacionales señalan que Gálvez deberá pagar una multa de 21 mil 714 pesos.
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) multó a la candidata presidencial Xóchitl Gálvez, por usar indebidamente el logotipo del Instituto Nacional Electoral (INE).
Diversos medios nacionales señalan que Gálvez deberá pagar una multa de 21 mil 714 pesos.
En marzo, la aspirante subió a sus redes sociales el oficio en el que pedía al Instituto emprender una campaña de difusión en la que se aclarara que los programas sociales no son propiedad de un partido y no pueden utilizarse para pedir el voto.
Además, publicó en imágenes una propuesta de cómo quedarían los espectaculares con el logotipo del INE y las frases que debían replicarse.
La sanción a Gálvez aparece como el ‘asunto número 11’ en una reciente publicación del TEPJF, publicada en sus redes sociales oficiales.
⚖️La #SalaSuperior del #TribunalElectoral resolvió 132 asuntos, en la sesión pública del 29 de mayo.
— TEPJF (@TEPJF_informa) May 30, 2024
👩⚖️👨⚖️Consulta la información de las sentencias a través del siguiente enlace: https://t.co/vqTbuWJ9yj#TribunalIndependiente #TuTribunal pic.twitter.com/EmiOJVHY1H
En un primer momento, la Sala Especializada resolvió que no había sanción, pero esa decisión fue revocada por la Sala Superior del Tribunal, por lo que les ordenó a los magistrados volver a analizar la queja y emitir otra sentencia.
Ahora, los magistrados de la Especializada consideraron que Gálvez sí cometió una falta, porque su publicación causó confusión en la población, pues parecía que el INE había lanzado dicha campaña ya.
"Se considera que la publicación constituye una vulneración a las reglas de propaganda electoral, pues de los elementos que la componen permiten inferir que su intención era exponer su posicionamiento propagandístico de Xóchitl Gálvez con relación con los programas sociales e indebidamente incluyó el logotipo del INE para manifestar dicha postura”.
"Esta circunstancia se considera grave porque el papel que desempeña el INE, como institución que garantiza la organización de las elecciones, emite diversas campañas de difusión hacia la ciudadanía relacionadas con el proceso electoral. Por lo que al incluir el logotipo del INE se generó confusión entre la ciudadanía sobre quién emite la comunicación", argumenta la sentencia aprobada por los tres magistrados.
La ciudadanía, consideró, no recibió información veraz, y se transgredieron la certeza, legalidad y equidad en la contienda.
A los partidos, PRI-PRD-PAN, presuntamente se les multó con 10 mil 817 pesos porque faltaron a su deber de cuidado, pues vieron la acción y no hicieron nada.
Con información de Reforma y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación