Tribunal electoral pide a Barrales dejar presidencia del PRD

El 9 de diciembre, el PRD debe realizar el proceso de renovación de la dirigencia nacional.

|
Barrales Magdaleno deberá abandonar la dirigencia del sol azteca antes del 9 de diciembre. (Foto: E-Consulta)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Agencia
CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó este miércoles que Alejandra Barrales sea separada de la presidencia nacional del PRD, por ejercer paralelamente un cargo de elección popular.

De acuerdo a Proceso, en votación unánime, los magistrados del tribunal emplazaron a Barrales Magdaleno a dejar la dirigencia de su partido “a más tardar” el 9 de diciembre.

Argumentaron: “Dejó de estar justificada la medida excepcional que tenía el efecto de suspender la aplicación del artículo 111 del Estatuto, que prohíbe ocupar la dirigencia mientras se ejerce un cargo de elección popular”, se difundió a través de un comunicado.

También te puede interesar: El PRD garantiza transparencia en elección de candidatos

Lo anterior se desprende de la resolución al recurso SUP-JDC-840/2017, interpuesto por el perredista Carlos Sotelo, quien el pasado mes de agosto hizo público su apoyo al presidente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador, de cara al proceso electoral de 2018.

En su escrito, el TEPJF determinó que la nueva dirigencia del partido deberá haber asumido las funciones correspondientes para el lunes 11 de diciembre.

Se lee en la sentencia: “En el supuesto de que antes del 9 de diciembre Barrales Magdaleno exhiba al Comité Ejecutivo Nacional del PRD la solicitud de licencia a su cargo de senadora, ella podrá continuar en el cargo de dirigencia nacional hasta el 11 de diciembre de 2017, teniendo en cuenta que, de conformidad con la resolución del incidente de imposibilidad de cumplimiento de la sentencia del juicio SUP-JDC-633/2017, esa es la fecha en la que, a más tardar, la nueva dirigencia deberá rendir protesta e iniciar funciones formal y materialmente”.

En caso contrario, alertó el tribunal electoral, al partido “se le aplicará la medida de apremio” de acuerdo a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación que se estime “pertinente”.

Lo más leído

skeleton





skeleton