Clausuran predio en Progreso por dañar el manglar

Personal de la Profepa realizó una inspección detectando el daño.

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Las dos casas se construyeron con paredes de bloque, concreto y otros materiales, así como con techo de lámina de cartón. (Archivo/SIPSE)
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Redacción/SIPSE
PROGRESO.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa)  clausuró de manera total temporal un predio ubicado en la localidad y municipio de Progreso, por remoción de vegetación de manglar,  relleno del humedal y construcción de dos casas para asentamiento humano irregular.

En inspección realizada por personal de Profepa en la entidad, se detectó en la Colonia Benito Juárez, un predio en el que se había eliminado vegetación de manglar, rellenado humedal con escombro y construido dos casas, sin contar con la autorización de Impacto Ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

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En la superficie afectada, consistente en 400 metros cuadrados, se encontraron ejemplares de mangle negro (Avicennia germinans), mangle blanco (Laguncularia racemosa) y mangle rojo (Rhizophora mangle), especies listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de Amenazadas (A).

Las dos casas se construyeron con paredes de bloque, concreto y otros materiales, así como con techo de lámina de cartón.

Por lo anterior, y con el fin de evitar que se continúen causando afectaciones al ambiente, con fundamento en el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), se procedió a imponer como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de dichas obras y actividades.

La sanción por llevar a cabo la remoción de vegetación y la construcción de obras sin la autorización de Impacto Ambiental, puede alcanzar una multa por el equivalente de 30 hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171, fracción I, de la LGEEPA.

Por su parte, el Código Penal Federal establece en su artículo 420 Bis, fracción II, una pena de 2 a 10 años de prisión a quien dañe, deseque o rellene humedales o manglares.

Con este tipo de acciones, la Profepa busca inhibir la comisión de infracciones e ilícitos ambientales, a la vez que refrenda su compromiso y misión de proteger los recursos naturales de México, así como procurar la justicia ambiental a través del estricto cumplimiento de la Ley.

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