Cambian sentencia para 'La Manada'; les dan 15 años de prisión

Los cinco sujetos abusaron y grabaron a una joven en los sanfermines de 2016.

|
El caso generó una ola de protestas por el trato que se le dio a la victima. (AP)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Agencia
ESPAÑA.- El Tribunal Supremo español sentenció a 15 años de prisión para los cinco miembros de 'La Manada' por agredir a una joven en los sanfermines de 2016. Tras escuchar en una vista pública los recursos de las acusaciones y las defensas, los magistrados decidieron calificar los hechos como un delito de agresión sexual, al considerar que los acusados intimidaron a la víctima para forzarla a mantener relaciones sexuales.

De acuerdo a RT, los acusados Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo y Ángel Boza ya habían sido previamente sentenciados por este mismo caso, en abril de 2018, a 9 años de cárcel, al ser hallados culpables de un delito de abuso sexual.

También te puede interesar: Dictan sentencia a 'La Manada' pero solo por abuso

Quedan así avaladas las tesis defendidas por la Fiscalía, que solicitaba que la pena se duplicara al considerar que los hechos no constituían abuso sexual, sino violación. "En la agresión, la voluntad del autor se impone por la fuerza, ya sea con violencia o intimidatoria", explicó la fiscal Isabel Rodríguez, señalando que "no se puede pedir a la víctima una actitud peligrosamente heroica".

Esta decisión implica que la condena ya es firme, por lo que los acusados tendrán que ingresar en prisión en los próximos días. Al menos dos de ellos ya han sido detenidos.

El Supremo también ha duplicado la cuantía de la indemnización que tendrán que dar a la víctima, que pasa de los 50.000 hasta los 100.000 euros.

Los magistrados señalan en su texto que la mujer se vio obligada a adoptar "una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera, ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo".

El fallo reconoce que "el lugar recóndito, angosto y sin salida" en el que ocurrieron los hechos, así como "las circunstancias personales de la víctima y de los acusados" fue aprovechada por ellos "para realizar los actos contra la libertad de aquella", que consistieron en "al menos, diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales".

El alto tribunal aplica a su sentencia, además, dos agravantes al delito de agresión sexual. Uno de ellos corresponde al trato vejatorio o degradante a la víctima, tanto por las prácticas que llevaron a cabo los condenados como por "el alarde" que hicieron de ellos en los vídeos grabados, en los que aparecen "jactándose de su obrar". El otro agravante tiene que ver con la condición grupal de la agresión, ya que su superioridad numérica "fue aprovechada por los acusados para una mayor impunidad y aseguramiento del delito cometido".

El caso ha sido muy controvertido desde que la noticia saltó a los medios de comunicación. A las polémicas surgidas a lo largo del proceso, como la filtración de los datos de la víctima, el seguimiento del que fue objeto por la defensa de uno de los acusados, el juicio a la vida privada de la joven antes y después de los hechos denunciados, etcétera, se sumó la sentencia.

La indignación del caso tomó las calles y  bajo el lema 'Yo sí te creo', nació un movimiento que se manifestó en las principales ciudades del país para pedir la reforma de una Justicia que se consideraba patriarcal.

Lo más leído

skeleton





skeleton