En caso Emma Molina, fiscales señalan haber demostrado culpabilidad de Medina Sonda

En alegatos finales, defensa del acusado señala que no se probó su participación en homicidio

|
Luego de ser suspendida en dos ocasiones, este jueves se llevó a cabo la audiencia de los alegatos de clausura. (Archivo/Sipse)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Luis Fuente/MÉRIDA
En los alegatos de clausura, los fiscales señalaron que demostraron, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad de Martín Medina Sonda y Juan Ramón Moreno Hernández en el asesinato de Emma Gabriela Molina Canto.

Mientras que las defensas de estos acusados, indicaron que la Fiscalía General del Estado (FGE) no pudo probar su participación, sobre todo la del primer imputado. 

Luego de ser suspendida en dos ocasiones, este jueves se llevó a cabo la audiencia de los alegatos de clausura por parte de los fiscales, asesores jurídicos de la víctima indirecta Ligia Canto Lugo, y las defensas de los acusados Martín Alberto Medina Sonda y Juan Ramón Moreno Hernández. 

Los fiscales señalaron que durante el desahogo de pruebas se demostró, más allá de toda duda razonable, la autoría intelectual y financiera de Martín Alberto Medina Sonda para consumar el asesinato de su ex esposa Emma Gabriela Molina Canto, porque ésta se negó a reiniciar una relación sentimental con él. 

Por ello, fue acusado del delito de feminicidio agravado y se aportaron pruebas de conversaciones vía Whatsapp y correos electrónicos de este acusado con el testigo protegido, Rogelio César Reyes Barrueta. 

En lo que se refiere a la acusación en contra de Juan Ramón Moreno Hernández, los fiscales también aseguraron que demostraron con pruebas contundentes que este sujeto fue quien contrató a los sicarios tabasqueños y los trajo a Mérida para llevar a cabo el asesinato de Emma Gabriela Molina Canto la tarde del 27 de marzo de 2017, en la casa de la víctima, ubicada en el fraccionamiento San Luis de la capital yucateca. 

Defensa

Por su parte, la defensa de Medina Sonda señaló que la Fiscalía no pudo acreditar la participación de su patrocinado en los hechos que se le imputan, ya que sólo tenían el dicho del testigo protegido. 

Los testigos aportados por la defensa de Medina Sonda, quienes fueron el jefe de seguridad y dos custodios del Centro de Reinserción Social del Estado de Tabasco, aseguraron que nadie entra al penal sin que se lleve un registro de su ingreso; condición que fue ratificada por la propia denunciante a preguntas de esta defensa sobre las restricciones que tuvo que pasar para poder llegar a donde estaba la ahora víctima, cuando estuvo interna en ese mismo reclusorio. 

También, señalaron que la prueba de las conversaciones extraídas de teléfonos celulares, que los fiscales aseguran que fueron conversaciones del testigo protegido con Medina Sonda y Moreno Herández, carecen de credibilidad, pues el perito oficial nunca presentó los originales y sólo exhibió una supuesta transcripción de las mismas. 

 

Lo más leído

skeleton





skeleton