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A partir del 1 de enero del año en curso, entraron en vigor reformas al sistema de pensiones, reestructurando la conocida “pensión garantizada”, que ahora es más accesible a un mayor número de trabajadores y que, aunque pequeña, está garantizada por el Estado.

Precisa saber que la “pensión garantizada” es aquella que el Estado asegura a quienes tengan sesenta años o más de edad, hayan cotizado mil o más semanas, considerando el promedio de su salario base de cotización, durante su afiliación al Instituto.

Lo anterior significa que un trabajador, por el solo hecho de cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Ley del Seguro Social, aún cuando solamente tenga un peso ahorrado en su cuenta individual administrada por una afore, tendrá derecho a recibir la llamada “pensión garantizada”.

No está demás decir que estas disposiciones aplican únicamente para quienes se pensionen por la conocida Ley 1997; a quienes empezaron a cotizar por la Ley 1973 en nada les afectan las reformas en comento.

Pero el detalle está en ¿cuánto dinero se necesita tener ahorrado en la cuenta individual de una afore para que, llegada la edad del retiro y pensión, un trabajador pueda comprar una “pensión garantizada”?

Déjeme decirle que la “pensión garantizada” se calculará tomando en cuenta el factor edad, el promedio del salario base de cotización durante su afiliación al Instituto y la cantidad de semanas cotizadas; para el año 2021, serán necesarias 750 semanas, pero esta cantidad aumentará cada año en veinticinco semanas, hasta llegar a mil semanas cotizadas mínimas para obtener pensión, a partir de 2031.

La exposición de motivos enviada a la Cámara de Diputados por el señor presidente en julio pasado expresa que, para que un trabajador pueda comprar una pensión de una “renta vitalicia”, deberá de tener ahorrado en su cuenta individual el dinero suficiente para pagarla, conocido como “Monto constitutivo”.

“Monto constitutivo” es la cantidad de dinero que necesita tener ahorrado un trabajador para que, al pensionarse, pueda comprar un seguro de rentas vitalicias y el seguro de sobrevivencia y que el monto mensual de pensión resultante no sea inferior al equivalente a una “pensión garantizada”. 

Una “pensión garantizada” a la edad de 60 años, con 750 semanas cotizadas y un salario mínimo de ingreso, corresponde a 2,622 pesos, pero se requerirá de un ahorro mínimo de 822,937 pesos.

Y si la pensión a comprar fuera de 5,619 pesos, habría que tener ahorrado 1 millón 658 mil pesos y, si la pensión deseada fuera de 8,241 pesos, el ahorro necesario sería de 2 millones 586 pesos.

Difícil que un modesto trabajador pueda ahorrar las cantidades comentadas; aun así, cumplidos los requisitos de edad y semanas cotizadas, su pensión garantizada la cubre el Estado.

 

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