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La zacapela que se armó anteayer domingo en el auditorio del Frente Único de Trabajadores del Volante evidencia por lo menos dos cosas: 1) que los ciudadanos ya están hartos de los intentos de manipulación que se dirigen contra ellos, ya sean del gobierno o de organizaciones creadas para aprovecharse de ellos, como es el caso del FUTV; y 2) la intención del presidente Andrés López de meter al país en un proceso que lleve a la mal llamada “cuarta transformación” se enfrenta y enfrentará a inercias y oposiciones en todos los sectores.

En el caso del FUTV, de ninguna manera es un secreto que los choferes que no tienen la suerte de haber conseguido placas para un vehículo de alquiler tienen que aceptar las condiciones laborales que les imponen su dirigencia y los parásitos que pululan en el Frente.

Así las cosas la “4T” se antoja un sueño, principalmente porque una nación, una ciudad o incluso un pueblo no pueden cambiar de la noche a la mañana, ni siquiera en semanas o meses, pues se necesita de un larguísimo proceso de maduración y concienciación.

El 1 de mayo de 2019 los medios de comunicación dieron a conocer detalles de la reforma laboral que ya se había aprobado en la Cámara de Diputados y el Senado. Los cambios incluyen que en adelante la elección de directivas sindicales “deberá ser mediante voto personal, libre, directo y secreto de sus miembros, y que el período de duración de las directivas no podrá ser indefinido” (En el sitio www.animalpolitico.com/2019/05/cuales-son-los-puntos-clave-de-la-reforma-laboral/) se pueden encontrar más detalles de la nueva ley.

Los notables cambios a las leyes laborales se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5559130&fecha=01/05/2019) el mismo 1 de mayo, en un texto larguísimo, en cuya parte final, en los Transitorios, el artículo 23° sobre “Adecuación de los estatutos” establece que “Las disposiciones previstas en el artículo 371 de la Ley Federal del Trabajo para la elección de las directivas sindicales mediante el voto personal libre, directo y secreto de los trabajadores, iniciarán su vigencia en un plazo de doscientos cuarenta días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. Asimismo, dentro del mismo plazo las organizaciones sindicales deberán adecuar sus estatutos a las disposiciones previstas en dicho artículo y demás aplicables de la citada Ley”. Eso justificaría legalmente, pero quizá no moralmente, la elección “por aclamación” –o sea a la antigüita– que se quiere aplicar en el FUTV.

El Volante es solo un ejemplo de lo que eventualmente va a pasar en numerosos sindicatos tradicionales, incluso aquellos que por su deseo de dominación incluyen en el nombre de su gremio la palabra “único”, para que nadie pueda formar una organización que les haga competencia, algo que también está prohibido en las nuevas leyes laborales.

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