Jueces de paz: ¿misión imposible?
Gínder Peraza Kumán: Jueces de paz: ¿misión imposible?
El jueves 16 de este mes, en una ceremonia que presidió el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán, Ricardo Ávila Heredia, en un auditorio de esta ciudad, rindieron compromiso constitucional los jueces y juezas de paz de 23 municipios de Yucatán.
Con los 23 que rindieron protesta, puntualizó la vocería, ya son 69 los municipios de Yucatán que cuentan con jueces y juezas de paz, quienes tienen jurisdicción en los municipios donde no hay juzgados mixtos y pueden atender ciertos asuntos, acorde con las atribuciones que les otorga la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
“Tengan especial cuidado para no intervenir en lo que no están facultados, como son los asuntos penales y continuar siendo personas respetadas en sus comunidades y hacer honor a este privilegio que tienen de servir a la sociedad”, les recomendó el señor Ávila a los nuevos jueces o juezas de paz.
En muchos municipios los jueces y juezas de paz reciben pocos recursos, debido a que la autoridad municipal tiene otras prioridades, como la construcción de calles y aceras, la reparación y expansión de los sistemas de agua potable, asistencia social y alimentos para los más pobres, y un largo etcétera para el cual no habrá muchos recursos para aplicar en el año que ya se nos viene encima.
Lo cierto es que cualquiera que visite con frecuencia los municipios del interior del Estado, o que viva en uno de ellos, podría contarle a usted lo difícil que es ser juez de paz y tratar de resolver los pleitos de casi todo tipo que llegan a su oficina. Algunos, cuando hay buena voluntad de los involucrados, se pueden arreglar con relativo éxito, pero la mayoría salen de la oficina local de justicia para alcanzar instancias más altas y complicadas, lo que lleva, como siempre, a que quien tenga más dinero imponga su criterio aun si éste se despega de o se contrapone a la ley.
El tamaño del paquete que asumen los jueces también puede usted percibirlo si le echa un ojo al Código de Procesamientos Civiles, cuyo cuerpo principal incluye 253 artículos vigentes, luego que fueron derogados los que iban hasta el 936, para dejar vigentes los que van del 940 al 1,046, y suprimidos también los que estaban del 1,047 al 1,167. Parecería que los legisladores locales trataron de darles a los jueces municipales una herramienta que les permita hacer todo paso a paso y de un modo ya preestablecido.
(Puede usted consultar el texto completo en http://consejeria.yucatan.gob.mx/documentos/Codigo_de_Procedimientos_Civiles_del_Estado_de_Yucatan.pdf).
Pero hay muy poco avance, quizás con algunas excepciones, pues la impartición de justicia en el interior del Estado sigue siendo un sueño, una aspiración, una entelequia... Y así se quedará, téngalo usted por seguro, durante muchos decenios más. Tiene la palabra quien quiera utilizarla.