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Por fin un poco de orden en medio de tanto caos. De entre los feudos que han ido surgiendo a lo largo y ancho del reino de México, se puso freno al autoritarismo de uno: Baja California. Hemos comentado en este espacio que hay una crisis severa de constitucionalidad en el país, toda vez que gobernadores, alcaldes y otras autoridades no facultadas para ello han decidido imponer una especie de absolutismo, de normas inventadas contrarias a la Constitución, pero que se justifican alegando bien común y situaciones extraordinarias.

Pero sería injusto no reconocer que esta crisis viene de décadas; que la Carta Magna ha sido por muchos años tomada como una lista de buenas intenciones y buenos deseos para todos, sin llegar a ser un verdadero catálogo funcional de derechos ciudadanos y de límites al poder del Estado. Es claro que la epidemia a la que nos enfrentamos vino a detonar un problema que ya se encontraba latente en las entrañas del sistema político mexicano, pero que no llegó a México con el Covid-19.

Si el lector puede recordar, hace bastantes semanas -meses, para ser más exactos-, se discutió en esta albarrada la llamada “Ley Bonilla”, que no era otra cosa que un espectáculo vergonzoso, una artimaña burda para tratar de burlar a nuestra Ley Fundamental y que, a través de esta trampa, el morenista Jaime Bonilla -recién electo gobernador de Baja California- pudiese ostentar la gubernatura hasta 2024, extendiendo su mandato de dos a cinco años. Pues bien, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto una serie de acciones de inconstitucionalidad, pronunciándose en el sentido de que esta ley estatal no era más que un fraude a la Constitución y que, por consiguiente, el gobernador del partido oficialista tendrá que abandonar el cargo en la fecha originalmente prevista por la legislación en su entidad, esto es, el 31 de diciembre de 2021.

La acción de inconstitucionalidad es una vía a la que ciertos sujetos de derecho pueden acudir cuando consideran que una norma está en contra de la Constitución. Es una forma de control constitucional que tiene sus tiempos y formas, por lo que no sería viable aplicarla a los decretos y normas de los gobiernos estatales y municipales de México que, en plena contingencia, están en franca contradicción con el texto constitucional, pues al momento de resolverse muy seguramente la contingencia habrá pasado, se retirarían estas normas y no habría materia de juicio. Sin embargo, esta decisión de la corte sienta un precedente que, junto con muchos otros existentes, demuestra que hay un límite en el actuar de cualquier autoridad y que está dado, fundamentalmente, por la Constitución Federal.

Extra: Hay una confusión entre los usuarios de plataformas digitales; ante el cobro -muy justo, por cierto- de IVA a los servicios que prestan estas compañías, los precios suben y los usuarios salen necesariamente perjudicados. Falso. El servicio genera un impuesto, pero la empresa puede decidir ajustar su margen de ganancias y trasladar el impuesto al consumidor sin aumentar tarifas. Todo es cuestión de cada compañía.

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