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Cotizó hace muchos años, pero perdió la vigencia de derechos y como ya tiene 52 años, nadie le quiere dar trabajo y tampoco puede para recuperar las semanas ya cotizadas para tramitar una pensión?

Le tengo buenas noticias a este grupo de personas. A partir de enero anterior, el IMSS publico las llamadas “Reglas de carácter general de la prueba piloto de esquema simplificado para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social de personas trabajadoras independientes”.

Las Reglas describen las facilidades administrativas para que toda persona que labora por cuenta propia, o dueños de talleres o industrias familiares, o comerciantes en pequeño, o artesanos, o demás trabajadores no asalariados, puedan incorporarse al régimen obligatorio del seguro social (ROSS), cubriendo las cuotas y aportaciones obrero-patronales, que apliquen, además de desempeñar una actividad económica por la que deban de estar incorporados y cubran los impuestos que en ley procedan, al Sistema de Administración Tributaria (SAT).

Quien se apegue a este Prueba Piloto recibirá por beneficio, el derecho a la protección de los seguros de riesgos de trabajo; enfermedades y maternidad; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; guarderías y prestaciones sociales, además de poder incorporar sin mayor pago, a sus beneficiarios legales (esposa o esposo, concubina o concubinario; hijos hasta 16 años o hasta 25 si estudian; a los ascendientes económicos del trabajador, que vivan en su domicilio).

En adición, quienes se incorporen al ROSS a través de este esquema tendrán derecho a recibir, cuando así proceda, subsidios tanto en especie como en dinero (incapacidades médicas para el trabajo, ayuda para gastos de funeral y para gastos de matrimonio).

Pero, lo que es mucho mejor es que, este esquema de incorporación al IMSS permite recuperar derechos sobre las semanas ya cotizadas años atrás y, además, la posibilidad de incorporarte a modalidad 40, y continuar aportando por ese medio, durante todo el tiempo que así te convenga, pues, si te pensionarás por ley 1973, no tendrás excusa para no tener la más grade de las pensiones posibles a recibir.

Para inscribirte en el programa debe de ingresar al portal electrónico del IMSS e inscribirte o bien, podrás hacerlo de manera presencial en la subdelegación que te corresponda por razón de tu domicilio.

Si te vas a incorporar a este Plan Piloto, toma en cuenta que deberás de hacerlo a mas tardar el día 20 de cada mes, registrarte por una única ocasión, tomar como referencia de ingreso a declarar, el obtenido en el mes anterior y por el que pagaste impuestos al SAT.

Al registrarte en el programa, te arrojará una línea de captura para que pases a pagar en el banco y listo; y así, cada mes.

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