El neuroderecho
El poder de la pluma
Detrás de tus pensamientos y sentimientos, hermano mío, se encuentra un soberano poderoso, un sabio desconocido... Es tu cuerpo.- Nietzsche
En los últimos años hemos escuchado términos como neuromarketing, neurocoaching, neuroventas, neuroliderazgo, neuroseguridad, etc. Está de moda lo neuro. Según la RAE, significa sistema nervioso o nervio. Es decir, ahora hay posibilidades de relacionar directamente el comportamiento humano con el sistema nervioso o lo cerebral. Suena moderno, como de avanzada. Su fundamento básico es que los seres humanos estamos influenciados por las sustancias que genera nuestro cuerpo y nos impulsan a actuar de tal o de cual forma. Por ejemplo, la dopamina es un neurotransmisor que está presente en diversas áreas del cerebro y que se relaciona con los sentimientos que generan placer y alegría. También son ejemplos el cortisol, la aldosterona y la testosterona.
El campo del derecho no escapa de relacionarse con este término. Ahora se habla de neuroderecho. Pondremos un ejemplo. Hace unos días leíamos en los medios de la muerte de dos jóvenes novios en una colonia meridana. Se trató, según las primeras pesquisas, de un homicidio y de un suicidio. Es decir, hubo una discusión y el novio decidió, primero, asesinar a la novia y luego subirse al techo de su vivienda y atentar contra su propia vida. Una auténtica tragedia. El neuroderecho trata de dar una explicación biológica a cuestionamientos como: ¿Por qué las personas actuamos de tal manera? ¿Qué es lo que impulsa a un individuo a comportarse antisocialmente cometiendo delitos? Según el neuroderecho, la conducta de los seres humanos está condicionada por fundamentos biológicos que explican científicamente esos comportamientos y, en particular, estarían vinculadas directamente a sustancias que se generan o escasean, según corresponda, en el cuerpo humano. Verbigracia, la escasez de serotonina está relacionada con un porcentaje muy alto en las personas con tendencia al suicidio.
En el futuro las penas y castigos por cometer delitos comprenderán también la ingesta de sustancias necesarias en el sujeto que comete una determinada conducta típica y punible. Los impartidores de justicia tendrán que entrarle al conocimiento de estos procesos biológicos en los individuos para poder entender parte de su actuar y, en consecuencia, estar en posibilidades de emitir sentencias que comprendan tratamientos con sustancias que se requieran en el sujeto activo de conducta penal. El neuroderecho inclusive abarcará a otras ramas del saber jurídico como el civil y/o el familiar. Por ejemplo, cuando se trata de violencia familiar o en los diversos supuestos del divorcio.
El objetivo central del neuroderecho es darle bases científicas a la actuación social de los individuos, comprenderlos no sólo en el campo sociológico de los convencionalismos sociales sino también en el biológico. Se trata, en fin, de un nuevo intento por dimensionar mejor el comportamiento humano y descifrar la polivalente naturaleza humana.
La realidad actual es una ambivalencia, por una parte, vivimos en el siglo XXI con cambios tecnológicos sorprendentes, empero, por la otra, seguimos empantanados con instituciones del siglo XIX. El derecho lo sabe.