Revive propuesta de Código Penal único
El poder de la pluma
En 2007, luego en 2012 y ahora en 2019 y quizás si hacemos historia incluso en la década de los treinta del siglo pasado, ya se hablaba de un Código Penal único, norma en la que el Estado establece puntualmente aquellas conductas que son consideradas delictivas, las formas de participación en éstas, así como las penas y medidas de seguridad que corresponden.
Se ha esgrimido como principal argumento la “necesidad” de este catálogo nacional de delitos por el “caos jurídico” que supone el hecho de que, como ha funcionado hasta ahora, cada entidad sea libre y soberana para determinar en su legislación sobre los ilícitos, su clasificación, modo y grado de participación de quienes los cometen y la responsabilidad penal, así como las sanciones y medidas de seguridad que corresponden a aquéllos.
Es verdad que, como suele decirse, dependiendo de la entidad en que uno se encuentre, existen variaciones o incluso conductas que se consideran delictivas en un estado, pero no en otro. Sin embargo, en términos generales, son muy pocos los delitos que varían en esta forma. Es el caso concreto del aborto, que aunque está tipificado en la mayoría de los códigos estatales, las circunstancias en las cuales no es sancionable varían y solo en la Ciudad de México está despenalizado hasta las 12 semanas de embarazo.
Otra conducta que tiene variaciones es la difamación, aunque en realidad solo se mantiene en el catálogo de delitos de media docena de estados. La calumnia, por su parte, está considerada como delito en once estados.
Otro tema importante a considerar en esta propuesta latente del Código Penal único es el de las penas, ya que podría existir la tentación de establecer penas altas como parte del “populismo punitivo” del que hemos hablado ya en este espacio. Es decir, los legisladores federales podrían ser proclives, al menos la mayoría, a endurecer las penas y mostrar esta acción legislativa como se ha hecho con el aumento en el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa, como “logro” legislativo bajo la falacia de que entre mayor sea la pena menor la ocurrencia de delitos.
Para dar una idea de esta falsa concepción están el secuestro y las diversas penas en cada estado que oscilan entre 40, 50, 65 ó 70 años, como en el caso de Veracruz, entidad que concentra uno de los mayores números absolutos de ocurrencia de este delito, o el del Estado de México, uno de los tres primeros lugares en feminicidio y que tiene, por mucho, las penas más altas para este delito.
De manera que bien harían los diputados y senadores en estudiar a profundidad la materia penal o bien convocar a especialistas que puedan presentar propuestas viables y aparejadas con problemáticas reales y no plantear esta vieja propuesta como indispensable para una mejor impartición de justicia, para lo cual ya tenemos un Código Nacional de Procedimientos Penales, y mucho menos tratar de “vender” la idea a los ciudadanos de que con un Código Penal único va a bajar la inseguridad. Ya basta de ese discurso.