Homofobia (y II)
El poder de la pluma
Somos conservadores hasta el tuétano, de eso no existe duda. El dogma es enérgico y hasta existen quienes lo privilegian sobre la ciencia. Hace algunos años, en mi trabajo para la protección de mujeres indígenas, conocí en el oriente del estado el caso de un niño lacerado por su padre con cigarros encendidos; su piel era evidencia del maltrato.
Tras arduo convencimiento, la madre puso su denuncia en la delegación de la defensa del menor. Semanas después de la denuncia, la licenciada encargada de la oficina ubicada en el DIF municipal no había realizado ninguna diligencia. Así que me presenté en las oficinas y solicité información de la razón de la demanda durmiente. La abogada se inclinó y de un cajón del escritorio sacó una biblia deteriorada por su uso y con gran maestría en su manejo me leyó un versículo que decía: “El padre que ama a sus hijos los castiga”. La entonces directora de la institución de integración de la familia ni se inmutó frente a mi queja. “Ya es tiempo de que las leyes de Dios tengan supremacía sobre las leyes terrenales”, fue su respuesta. Salí de esas oficinas con la impresión de que el fundamentalismo religioso nos había alcanzado.
Me viene este recuerdo, al observar una creciente homofobia y real militancia antigay en la sociedad; el discurso es veleidoso y belicoso, los argumentos esgrimidos tiene el olor y sabor a dogma religioso y en nuestro estado los dogmas han tenido preferencia sobre las leyes constitucionales, tal como sucede en los Estados fundamentalistas. La Constitución federal vigente es clara en cuanto a la protección de los derechos humanos, basta leer el artículo 1 párrafo 5, en donde existe una amplia prohibición a menoscabar los derechos y libertades de las personas, así ostenten ideologías, etnicidades o creencias diversas. Aquí se aseguran los principios de universalidad y progresividad en los derechos humanos del ciudadano.
Existe como coadyuvante a la legislación de la Carta Magna actual la recomendación 23 de la CNDH dirigida a los poderes Ejecutivo y Legislativo de los estados de la república para que adecuen sus leyes civiles y familiares para permitir el matrimonio a todas las personas, y así darle cumplimento al artículo 1 de la Constitución federal.
Desde mi opinión basada en los derechos humanos, creo que por más dilaciones que los legisladores locales realicen sobre el matrimonio igualitario, el imperio de la ley tendrá primacía; lo afirmo porque nuestra Constitución local es discriminadora hacia algunos grupos de personas al afirmar en el artículo 44 que el matrimonio es una institución, lo cual no es veraz, el matrimonio es un derecho. Además al agregarle al citado artículo “generar la reproducción humana” lo hace discriminatorio para adultos mayores, los impedidos físicamente o simplemente los que no desean tener hijos.