"Derechos humanos para todos"

Los jueces son protectores en primera instancia de los derechos de todos, sin adjetivos, ni de los delincuentes, ni de las víctimas, sino de todos.

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“Los jueces son protectores en primera instancia de los derechos de todos, sin adjetivos, ni de los delincuentes, ni de las víctimas, sino de todos”, afirmó recientemente el presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar Morales, y agregó: “No es tarea ni responsabilidad del Poder Judicial de la Federación mejorar las condiciones de seguridad del país”.

Ambas declaraciones son verdades irrebatibles, primero porque en cualquier país democrático el respeto a los derechos humanos aplica para todos y se lucha para que así sea: adolescentes, niños, personas con discapacidad, indígenas, hombres, mujeres, víctimas, procesados, blancos, negros, migrantes, incluso quienes ya están sentenciados; de ahí el sentido, por ejemplo, de las llamadas “Reglas Mandela” de la ONU, que son una guía mínima de condiciones en las que deben vivir quienes están en prisión.

¿Por qué cambiaría esto cuando una persona es víctima o cuando está bajo investigación como posible autor de un delito si los Derechos Humanos son inherentes a las personas? Otra cosa es la pena que una persona reciba como resultado de un proceso justo, con base en una investigación debidamente realizada. Respetar los derechos humanos de las personas no implica que las autoridades no puedan investigar los delitos, implica que deben hacerlo en forma correcta, legal, objetiva y respetando las reglas.

Pasar por alto el respeto a los derechos humanos nos remitiría a sistemas represores, identificados con regímenes totalitarios, donde el poder del Estado no tiene límites, puede intervenir en las personas y sus bienes, violar su dignidad, irrumpir en su vida y coartar su libertad, sin darle posibilidad de defensa, sin que medien reglas. En un escenario así, que el sistema de justicia sea viejo o nuevo es lo de menos.

Hace más de dos siglos, la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano” estableció que “los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos” y que “ningún hombre puede ser acusado, arrestado o detenido, como no sea en los casos determinados por la ley y con arreglo a las formas que ésta ha prescrito”. Hoy día esto se preserva en nuestras leyes.

En cuanto a la segunda parte de la declaración del ministro, preservar la seguridad es obligación del Poder Ejecutivo. El artículo 21 constitucional lo confirma: “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala”.

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