Conoce los trámites que necesitas para abrir un negocio

Además de asesoría en cuestiones administrativas uno de los principales puntos para iniciar una empresa es el tema de los permisos.

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Para iniciar un nuevo negocio es necesario realizar diferentes trámites que necesarias para estar por completo en la legalidad. (Foto de contexto de archivo/SIPSE)
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Cecilia Ricárdez/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yucatán.- El movimiento emprendedor está en boga; cada vez más personas desean realizar su sueño de ser jefe de su propio proyecto y es valiosa la decisión, pero las ganas, la idea, los socios y el capital no son suficientes. 

Además de asesoría en cuestiones administrativas uno de los principales puntos para iniciar un negocio es el tema de los trámites, para este fin el Banco Mundial promueve un resumen de los principales retos burocráticos y legales que debe superar el emprendedor en Yucatán para constituir e inscribir una nueva empresa.

Examina los procedimientos, tiempo y costo implicados en el lanzamiento de una sociedad comercial o industrial de hasta 50 empleados que dispone de un capital inicial de 10 veces el ingreso nacional bruto (INB) de la economía. 

Los datos forman parte del proyecto subnacional de Doing Business, que analiza y compara las regulaciones relacionadas con las actividades de las pequeñas y las medianas empresas locales en varias ciudades y regiones. En esta ocasión despliega lo referente a la forma legal: Sociedad Anónima.

Permiso de razón social

1.- Obtención del permiso de uso de denominación o razón social y elección del fedatario público a través del portal tuempresa.gob.mx. 

Este es un trámite federal que debe realizar el empresario para escoger y reservar una denominación o razón social para su negocio.

Información disponible en la dependencia, por teléfono, y en su sitio web: http://www.tuempresa.gob.mx/

El empresario se debe registrar en el portal tuempresa.gob.mx con su Firma Electrónica Avanzada e ingresar la denominación o razón social para consultar la disponibilidad. Si está disponible será dictaminada favorablemente y podrá reservarla; en caso contrario, será rechazada si ésta ya está en uso o no cumple los criterios aplicables.

El trámite se encuentra legislado en la Ley General de Sociedades Mercantiles, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley de Inversión Extranjera y el Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales. 
tUna vez que el nombre es reservado y se ha seleccionado el fedatario público con quien se finalizará el proceso, el empresario debe acudir con él para elaborar el acta constitutiva.

Tiempo: Menos de un día (en línea)    

Registro Federal de Contribuyentes 

2.- Firma del acta constitutiva ante el fedatario público. Posteriormente, el fedatario da el aviso de uso de denominación o razón social en línea e inscribe la sociedad en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y el Registro Público de Comercio (RPC) en línea.

Una vez recibida la autorización del nombre de la compañía, los socios se presentan ante el fedatario público seleccionado, quien realiza el aviso de uso de denominación o razón social a través del portal tuempresa.gob.mx 

Los socios fundadores deben proporcionar sus datos generales y presentar sus respectivas identificaciones oficiales, así como Cédulas de Identificación Fiscal para que el fedatario protocolice los estatutos de la persona moral.

Una vez firmada el acta por los socios, el fedatario procede a realizar la inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC) y en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) por medio del mismo portal, para dotar de personalidad jurídica a la sociedad, que esté en posibilidades de realizar sus declaraciones impositivas correspondientes y darle publicidad al acto de constitución.

El fundamento del costo se encuentra en los Arts. 42 al 45, 60 y 61 de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, vigente en 2013, para el pago de derechos al RPC.

Licencia de funcionamiento

3.- Obtención de la licencia de funcionamiento en el Centro de Atención Empresarial (CAE) del Municipio de Mérida 

Este trámite permite al empresario obtener la constancia que acredita la ocupación de un inmueble por la apertura del comercio, negocio o establecimiento por la realización de actividades permanentes.

Para realizar el trámite el usuario debe contar con:

  • a. Copia del testimonio de la escritura pública de propiedad del predio o inmueble, o documento que compruebe la legítima posesión.
  • b. Una copia del croquis o del plano arquitectónico del levantamiento (plantas, fachadas, cortes y planta de conjunto), debidamente acotado, amueblado e indicando los nombres de cada área o local (ya habilitado para negocio).
  • c. Fotografías interiores y exteriores del predio o inmueble, abarcado los predios colindantes (ya habilitado para negocio).
  • d. Copia del recibo de pago del impuesto predial, correspondiente al predio donde se encuentra el comercio, negocio o establecimiento.
  • e. Copia de identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, cédula profesional, pasaporte, etc.).
  • f. Copia del comprobante de Clave Única de Registro de Población.
  • g. Copia de la constancia de terminación de la obra (en caso de tener construcción nueva).
  • h. Acta constitutiva de la sociedad notariada.
  • i. Poder notariado (en su caso).

Información disponible en la dependencia, por teléfono, y en su sitio web: http://www.merida.gob.mx

El empresario debe verificar que su giro se encuentre en el Catálogo de Giros CAE, después llenar la solicitud CAE, reunir sus documentos requeridos y enviarlos por internet. A los tres días se debe presentar en el Centro de Atención Empresarial para recoger su licencia de funcionamiento.

El Ayuntamiento cuenta con un sistema electrónico para recibir solicitudes de licencias de funcionamiento, que opera únicamente con predios que no exceden los 100 m2 y con giros que se encuentren dentro del Catálogo de Giros CAE.

Los documentos que se obtienen al cabo de tres días son la licencia de uso de suelo y la licencia de funcionamiento. El pago de derechos se realiza el mismo día que se recogen los documentos en el Centro de Atención Empresarial. 

Tiempo estimado: tres días    

Inscripción al IMSS

4.- Inscripción en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) 

Este es un trámite federal que se realiza para dar de alta al menos a un trabajador en el Seguro Social. 

Información disponible en la dependencia, por teléfono, y en su sitio web: http://www.imss.gob.mx/

El empresario debe presentar el Formato AFIL02. Puede realizarse una pre-alta por internet y después acudir a la subdelegación administrativa del IMSS donde se obtiene el registro patronal y el alta para al menos un trabajador.

El trámite se encuentra legislado en la Ley del Seguro Social y en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, vigentes en 2013. 

Al mismo tiempo que se registra ante el IMSS, se hace el registro en el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y se abre una cuenta de ahorro para el retiro (Afore).    

Tiempo: 1 día. Sin costo.

Inscripción al SIEM

5.- Inscripción en el Sistema de Información Empresarial (SIEM). Este trámite lo deben realizar todos los comerciantes e industriales, sin excepción y obligatoriamente, para registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en la cámara que les corresponde y a su vez en el SIEM.

Información disponible en la dependencia, por teléfono y en su sitio web: http://www.siem.gob.mx/

El registro se puede realizar de tres maneras: por medio de la visita de un promotor al establecimiento, por medio de la visita directa del empresario a la ventanilla de la cámara correspondiente o a través de un correo certificado, fax o correo electrónico; los operadores certificados captan la información de las empresas y realizan el cobro correspondiente. Asimismo, se debe conocer el Código del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) del giro correspondiente, que se puede obtener en la página web.

El costo varía con el número de empleados y actividades.

Registro Estatal de Contribuyentes

6.- Registro de la compañía en el Registro Estatal de Contribuyentes en el Centro de Atención Empresarial (CAE) del Municipio de Mérida 

Este trámite consiste en asignar al contribuyente un número de registro estatal (REC), el cual deberá citar al presentar sus declaraciones del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal Subordinado.

El empresario debe acudir al módulo de servicio de su preferencia, con el formulario de registro SH-1, correctamente elaborado; entregar la documentación requerida y recibe el formulario de registro SH-1 sellado y con su REC asignado.

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