Exonera SCJN a psiquiatra Enrique Lara por crimen de Felipe Triay Peniche

Por el mismo asesinato, Pablo Santos García fue condenado a 35 años de prisión en agosto de 2016

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El juicio en el caso del psiquiatra Enrique Lara González fue muy polémico pues al momento de su acusación se le consideraba una persona de reputación intachable.
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Luis Fuente/Redacción
Por unanimidad, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó sin materia la revisión presentada por la coadyuvancia en el caso del homicidio del psiquiatra Felipe de Jesús Triay Peniche, bajo el argumento de que que no hubo un acto de inconstitucionalidad en el acto reclamado.

La primera sala de la SCJN está integrada por los ministros Luis Marpia Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Norma Lucía Piña Hernández y Juan Luis González Alcántara Carrancá –es como presidente-, no entraron al estudio del asunto, debido a que consideraron que no hubo un acto de inconstitucionalidad.

Con esta resolución de la SCJN, se confirmó el amparo que absolvió al también psiquiatra Enrique Lara González de su participación en el asesinato de Felipe Triay Peniche.

Como publicamos, el 18 de enero de 2018 y luego de un proceso de tres años y cinco meses, Enrique Lara González quedó libre de toda responsabilidad en el asesinato del también psiquiatra Felipe Triay Peniche, pues el Colegiado de lo penal del Decimocuarto Circuito le concedió el amparo en contra la sentencia del 16 de diciembre de 2016, en la que en segunda instancia se revocó la absolución que le había concedido el Tribunal Segundo de Juicio Oral en agosto de ese mismo año.

Por unanimidad los magistrados Luisa García Romero, Pablo Jesús Hernández Moreno y Jorge Enrique Edén-Winter García, quien fue el ponente, concedieron la protección de la justicia federal lisa y llana a Enrique Lara González, de modo que revocaron la sentencia emitida el 16 de diciembre de 2016 por la sala penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado y también la orden de aprehensión emitida en su contra.

Ante esto, la familia de la victima interpuso un recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo el argumento de inconstitucionalidad, que el tribunal colegiado violentó los derechos de las víctimas al no considerarlos como terceros afectados, además de que hay una incorrecta interpretación del artículo 20 de la Ley de Amparo.

Los abogados de Lara González presentaron también ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación la revisión adhesiva, en la que argumentan que no hubo violación a los derechos fundamentales de tercero, ya que el tribunal Colegiado resolvió sobre la actuación de la sala penal del TSJE que valoró incorrectamente unas pruebas.

Como publicamos, el 27 de agosto de 2016, tras un juicio de tres meses, el Tribunal Segundo de Oralidad declaró por unanimidad culpable a Pablo Santos García, quien fue condenado a 35 años de prisión y al pago de 35 millones 600 mil pesos por reparación del daño; y liberó a Enrique Lara González del homicidio del psiquiatra Felipe Triay Peniche.

La semana pasada, la defensa de Santos García presentó una demanda de amparo contra la resolución del Tribunal Segundo de Enjuiciamiento, por lo que el caso será revisado por un juzgado de Distrito.

Cabe recordar que el 18 de agosto de 2014, el cuerpo de Triay Peniche fue hallado apuñalado y desmembrado en dos cajas de madera, dentro de una camioneta estacionada en un centro comercial de Ciudad Caucel.

Las primeras investigaciones señakaban que el crimen se había cometido dos días antes en un predio de la colonia García Ginerés. 

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