Decomisan víboras en el aeropuerto de Mérida

Las especies fueron llevada a la UMA Parque Zoológico “El Centenario”.

|
Ayer se retuvo de manera precautoria una boa constrictora y un pitón burmese. (Milenio Novedades)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Milenio Novedades
MÉRIDA, Yucatán.- Por segunda ocasión en menos de dos meses, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) detectó el tráfico de animales en el aeropuerto de Mérida, y ayer retuvo de manera precautoria una boa constrictora (Boa constrictor) y un pitón burmese (Molurus bivittatus), las cuales pretendían ser enviadas al estado de Quintana Roo para su exhibición y comercio.

Apenas el 16 de agosto, se informó que la Profepa retuvo un embarque de 28 crías de cocodrilo de la especie Crocodylus moreletii, en el Aeropuerto Internacional de Mérida. Los animales no contaban con la documentación necesaria para ingresar al Estado.

Estas acciones han derivado en labores de investigación sobre la venta por Internet y el rastreo de la movilización de ejemplares de vida silvestre a través del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Mérida, por lo que personal de la Profepa detectó un predio donde resguardaban a los reptiles. 

Ayer, los inspectores de la Propefa iniciaron un procedimiento administrativo contra quien resulte responsable y los ejemplares fueron dispuestos a la Unidad de Manejo para la Conservación de la vida silvestre (UMA) del zoológico “El Centenario”, para su guarda y custodia. 

La Boa constrictora (Boa constrictor) es una especie listada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de Amenazada.  

La pitón burmese (Molurus bivitatus) está listada en el apéndice II de Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), en el cual figuran especies que no necesariamente están amenazadas o en peligro de extinción, pero que podrían llegar a estarlo a menos que se controle estrictamente su comercio. 

Además, la Ley General de Vida Silvestre, en su artículo 122, señala que se multará a quien posea ejemplares de fauna y flora silvestre fuera de su hábitat natural, sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia o en contravención a las disposiciones para su manejo.

Por ello, la legislación ambiental vigente expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), estipula una multa de 50 a 50 mil días de salario mínimo a quien resulte responsable de lo arriba mencionado.

Lo más leído

skeleton





skeleton