Ponen “bajo la lupa” a las empresas de Yucatán ente el pago de aguinaldos
La Secretaría del Trabajo del Gobierno de Yucatán realizará un seguimiento al pago de esta prestación laboral, pues no hay excepciones para incumplir con este pago
MÉRIDA, Yucatán.- Aunque este 2020 fue un año atípico que afectó económicamente a las empresas y muchos trabajadores tuvieron una relación complicada, el pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de todas las personas que tienen una relación laboral contemplada en la Ley Federal del Trabajo (LFT), aseguró el subsecretario del Trabajo del Gobierno de Yucatán, Agustín Menéndez Reyes.
Por lo que, como cada año, realizarán un seguimiento al pago de esta prestación laboral, pues no hay excepciones para incumplir con este pago, dijo.
“Nosotros hacemos el llamado para recordar a las empresas esta obligación, que la mayoría en el Estado cumple; sin duda, por la situación económica que se deriva de la pandemia, ha sido un año atípico por lo que veremos un esfuerzo extraordinario de los negocios para cumplir en tiempo y forma con este pago”, indicó.
En 2019 hubo 17 quejas
Al respecto, recordó que en 2019 la Procuraduría Local de la Defensa del Trabajo únicamente recibió 17 quejas de quienes no recibieron el aguinaldo, las cuales se resolvieron a favor del trabajador.
Comentó que una estrategia que aplican muchas empresas es el pago adelantado; es decir, que desde la primera quincena de noviembre otorgan dicha prestación, con el objetivo de que en diciembre no desembolsen cantidades fuerte de dinero.
“Hay que recordar que este es un derecho irrenunciable; en caso de no haber trabajado el año completo, las personas deben recibir la parte proporcional, ya sea porque terminaron o iniciaron la relación laboral antes de que concluya el año”, precisó Menéndez Reyes.
¿Cómo realizar el pago de aguinaldo?
Explicó que el pago debe realizarse de la siguiente forma: si es trabajador fijo, con base en su cuota diaria; si es variable, se toma como base el ingreso promedio obtenido en los últimos 30 días, y para los contratados como vendedores, agentes de seguros, propagandista, etc., se toma el pago percibido en el último año o del tiempo trabajado para sacar 15 días del salario que es lo que se contempla la ley como pago mínimo del aguinaldo.
“El trabajador que tenga que reclamar el pago se su aguinaldo porque se le haya hecho incompleto o no lo recibió, tiene un año, a partir del 20 de diciembre, para hacerlo. Seguramente veremos algunas quejas, pero no se concentrarán en un solo periodo ya que tienen 12 meses para realizar el trámite”, indicó.
“En el Estado el otorgamiento del aguinaldo es una acción arraigada de todas las empresas, normalmente hay esa reciprocidad entre el patrón y empleados, que además hoy cobra mayor relevancia porque va a derivar en que el trabajador tengan más recursos y, en consecuencia, habrá mayor consumo, lo que será positivo para la reactivación económica que se ha tenido”, aseveró.
De no incumplir con el pago, la ley también establece sanciones, que pueden ser multas desde 50 y hasta cinco mil unidades de medida y actualización (UMA), es decir, de cuatro mil 344 y hasta 434 mil pesos, dependiendo de de las investigaciones.