¿Es posible una pensión alimenticia dentro de una relación extramarital?
¿Es posible una pensión alimenticia dentro de una relación extramarital?
De acuerdo con el Doctor en Derecho y especialista en derecho familiar, Abogado Rubén Osorio Paredes sí es posible legalmente que se surja el derecho a pagar una pensión alimenticia después de la ruptura de una relación extra marital y es independiente si una de las personas está casado o casada o vive en un unión libre con otra. El experto lo explica con el siguiente ejemplo:
María es una mujer soltera de 25 años de edad que a raíz de una fiesta de amigos en común conoce al señor Jorge; un empresario exitoso, de 45 años, casado y con 3 hijos mayores de edad. Derivado de aquella fiesta María y Jorge inician una relación sentimental bajo la promesa de Jorge de que dejaría a su esposa muy pronto ya que su relación iba muy mal. El señor Jorge, debido a su alta capacidad económica, constantemente le obsequiaba regalos costosos y viajes a María. 2 años de relación habían transcurrido cuando Jorge le dice a María: “María, a fin de vivir juntos y para que yo no tenga que estar preocupado por ir al día siguiente a la oficina voy a rentar una casa en la que quiero que vivas y yo pueda estar contigo de lunes a viernes”. Es así que durante quince años de convivencia María y Jorge vivieron y cohabitaron como pareja sin que Jorge dejara de estar casado donde al parecer la promesa de divorciarse se fue diluyendo. Fue durante ese lapso de tiempo que el señor le pidió a María que dejara su trabajo para que se ocupara de la casa y de él y que a cambio le proporcionaría el doble de lo que ganaba de manera mensual para sus gastos. María accedió. Nunca tuvieron hijos.
Tiempo después le diagnosticaron a María un tipo de cáncer muy agresivo que en pocos meses termina deteriorando su salud y su apariencia física. En esos días Jorge se presentó a la casa que había rentado para María y le dijo: “ no puedo continuar con nuestra relación debido al estado en el que te encuentras, además sabías que yo tengo esposa, hemos terminado; te aviso que dejaré de pagar la renta”. Finalmente, terminaron su relación y dejaron de cohabitar, fueron 15 años de relación en el que por solicitud de Jorge, ella dejó de trabajar para dedicarse a él y a las labores del hogar. Hoy enferma, con 40 años, sin hijos que vean por ella y sin seguridad social no tiene como hacer frente a los gastos de los tratamientos para combatir el cáncer que padece y menos conseguir un trabajo que le permita subsistir.
¿En éste caso tiene María derecho a una pensión alimenticia a pesar de que Jorge está casado con otra persona?
Para responder ésta interrogante se entrevistó al Abogado Rubén Osorio Paredes; considerado uno de los mejores abogados de derecho familiar en Mérida. El jurista afirmó que de acuerdo con diversas jurisprudencias cuando en un procedimiento familiar de alimentos, se demuestre que existió una relación donde la mujer tuvo la misma situación que una cónyuge y se dedicó exclusivamente a las labores del hogar sin importar que su pareja ya esté casado con otra debe otorgársele el derecho a una pensión alimenticia en el mismo modo y en los términos en los que una esposa pudiera recibir al no tener medios para subsistir por sí misma; ya que por ley el derecho a los alimentos entre la pareja no es exclusivo del matrimonio y no se puede excluir a la mujer del derecho a una pensión alimenticia que le garantice su subsistencia por el hecho de que su pareja esté casado con otra mujer. El titular del Despacho Rubén Osorio y Asociados señaló que abundó que la pensión alimenticia para la esposa y para la persona con quien se tenga una relación extra marital no son excluyentes entre sí, lo que significa que un hombre que se divorcie y además haya tenido otra relación puede legalmente llegar a pagar 2 pensiones alimenticias: Una para su esposa y otra para su amasia (relación extramarital).
El abogado Rubén Osorio Paredes concluyó que el derecho a los alimentos dentro de una relación de pareja más que un deber jurídico es una obligación moral y que cualquier mujer que haya sacrificado su desarrollo personal y laboral para dedicarse a las labores del hogar y no tenga medios para subsistir después de terminar una relación tiene el más legítimo derecho a una pensión alimenticia de su pareja sin que el estado civil de éste pueda ser un obstáculo para ello.
Doctor en Derecho
Titular del Despacho Rubén Osorio & Asociados
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