'Estrenan' pacto jurídico

El IMSS y un particular firman en la Prodecon el primer Acuerdo Conclusivo para dirimir sus diferencias; hay 17 solicitudes en trámite.

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La Prodecon media entre los contribuyentes y las dependencias. (SIPSE)
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Jaime Tetzpa/SIPSE
MÉRIDA, Yuc.- Con la intermediación de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), ayer se firmó en Yucatán el primer Acuerdo Conclusivo entre un particular y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de manera que ambas partes llegaron a un convenio que permitió resolver un diferendo entre ambos antes de llegar a instancias contenciosas.

El delegado de la Prodecon en la entidad, Marco Antonio Ponce Hernández, explicó que esta figura jurídica entró en vigor en diciembre de 2013, como parte de la reforma fiscal, específicamente al Código Fiscal de la Federación.

En el caso particular, explicó que mediante la firma del Acuerdo Conclusivo, validado por la Prodecon, se acortó el tiempo de auditoría y se redujo el monto de multas y recargos, en beneficio del particular.

Señaló que, considerando los beneficios de esta nueva figura, actualmente hay 17 solicitudes en trámite, de las cuales 10 son con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y siete con la Agencia de Administración Fiscal del Estado.

Recordó que la Prodecon puede auxiliar al contribuyente que realiza pagos con autoridades recaudatorias de impuestos tanto federales como estatales, como el SAT, IMSS, Infonavit o la Agencia de Administración Fiscal del Estado.   

Alternativas para solucionar controversias

Explicó que los Acuerdos Conclusivos se reconocen como el primer medio alternativo de solución de controversias entre el contribuyente y la autoridad, cuando el primero se encuentra sujeto a algún procedimiento de revisión por parte de la autoridad.

“Por regla general, en una auditoría la autoridad tiene hasta un año para concluir actuaciones en el domicilio del contribuyente, al cabo de ese tiempo, tiene seis meses más para emitir una resolución en la que determine la situación fiscal, ya sea mediante la determinación de un crédito fiscal o bien en el reconocimiento de que no existen inconsistencias en la contabilidad”, explicó. 

Agregó que si el contribuyente está en desacuerdo con alguna de las calificaciones hechas por la autoridad, tiene la opción de impugnarlo mediante un recurso de revocación, un juicio de nulidad o incluso llegar al juicio de amparo.

“La figura del acuerdo conclusivo tiene como objetivo terminar con las diferencias que existan entre autoridad y contribuyente, antes de llegar a las vías contenciosas”, precisó. 

Subrayó que ayer se firmó el primer Acuerdo Conclusivo en Yucatán, entre  una persona moral dedicada a la comercialización, reparación, mantenimiento e instalación de equipos de cómputo, a la cual el Instituto Mexicano del Seguro Social le inició una visita domiciliara a efecto de revisar el complimiento de sus obligaciones patronales.

A partir de un segundo requerimiento de información formulado por la autoridad, el contribuyente solicitó la intervención de Prodecon, a efecto de proponer la adopción de un Acuerdo Conclusivo con la autoridad, reconociendo diferencias en el pago de sus cuotas obrero patronales, por lo que propuso el Acuerdo Conclusivo como un mecanismo de autocorrección, explicó el delegado.

Sin multas

  • El delegado de la Prodecon, Marco Antonio Ponce Hernández, explicó que con el Acuerdo Conclusivo, las multas son canceladas, pero sí se deben pagar los recargos.
  • Una vez instrumentado el procedimiento, se firmó el acuerdo entre las partes, dando por terminado el proceso de revisión del contribuyente.

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