INAH no cobra por uso de dispositivos móviles en zonas arqueológicas
Precisa en qué caso cobra una cuota de 60 pesos
MÉRIDA, Yuc.- En redes sociales se viralizó que el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), prohíbe el uso de dispositivos móviles dentro de zonas arqueológicas y otros recintos culturales bajo su custodia.
Con respecto a ello, el INAH indicó en un comunicado que en ninguno de los sitios patrimoniales bajo su custodia, zonas arqueológicas, paleontológicas, museos o inmuebles históricos, está prohibido el acceso del público con dispositivos de uso personal, como celulares, tabletas electrónicas y cámaras fotográficas no profesionales.
Finalidad comercial
Explicó que esta regla sólo se aplica a videograbaciones con fines comerciales, pues el Oficio No. 401.5C.4-2024/1287, emitido por la Coordinación Nacional de Recursos Financieros del INAH, obedece a una actualización de las cuotas que el instituto cobra desde 2011 y que son aplicables a videograbaciones realizadas con este tipo de dispositivos con finalidad comercial.
El INAH reiteró que no existe prohibición para que las personas puedan tomar imágenes para uso personal, mediante tales dispositivos, respetando las restricciones normativas que cada espacio ha establecido para estos efectos.
Sólo en aquellos casos donde la toma de imágenes y/o videos con cámaras no profesionales tienen una finalidad comercial, el interesado deberá cubrir una cuota de $60.00 (sesenta pesos), como en efecto se establece en el citado oficio.
Finalmente, debe precisarse que el cobro de estas cuotas es adicional a aquellos otros cobros establecidos en la Ley Federal de Derechos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.