Protegen el patrimonio subacuático de Yucatán
Adicionan a la ley un nuevo artículo; cualquier exploración sin autorización del INAH será objeto de multas, incluso prisión.
Ana Hernández/SIPSE
MÉRIDA, Yuc.- El decreto de Protección al Patrimonio Cultural e Histórico Subacuático que entró en vigor en días pasados fue para proteger los vestigios que se encuentran en aguas del litoral mexicano, incluso define mejor las sanciones por actividades ilícitas.
El delegado del INAH en Yucatán, Eduardo López Calzada, señaló que con el aval del Congreso de la Unión se adicionó un artículo el 28 TER a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de Patrimonio Cultural Subacuático, el cual se refiere a la preservación e investigación en la materia, aplicables a los rastros de existencia humana que tengan carácter cultural, histórico o arqueológico, localizados en la zona marina de México.
De acuerdo a ese documento, la conservación que haya estado bajo el agua parcial o totalmente en forma periódica o continua, sean estos sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, dentro de su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos; su cargamento u otro contenido junto con su contexto arqueológico natural y los objetos de carácter prehistórico.
En cuanto a sanciones se reformaron los artículos 47,48, 49, 50, 51, 52, 53 y 54 segundo párrafo y 55 de esa misma ley para establecer que quien realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción u otro medio sin autorización del INAH se le impondrá prisión de 3 a 10 años y de mil a tres mil días de multa.
Al que ordene, induzca, dirija, organice y financie las conductas antes señaladas se le incrementará hasta por una mitad las penas antes mencionadas.
Castigos
- El decreto establece sanciones y castigos para quien aprovechando su cargo o comisión dentro del INAH disponga para si o para otro de un monumento arqueológico.