Ya en vigor norma que suspende licencias de conducir a personas que causen muertes

Si la persona reincide podría perder el permiso de manera definitiva

|
Este jueves en el Diario Oficial del Estado se publicó el decreto. (Archivo/Sipse)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Novedades Yucatán/MÉRIDA
Desde este viernes entra en vigor la ley que cancela permisos y licencias de conducir a quien sea responsable de causar la muerte o lesiones permanentes a una persona en un accidente si maneja bajo los influjos del alcohol o drogas.

Este jueves en el Diario Oficial del Estado se publicó el decreto 136/2019, que adiciona los artículos 34 Bis y 34 Ter a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, en materia de cancelación de permiso y licencia de conducir.

Como se informó la iniciativa específica, en su artículo 34 Ter, que si el conductor presenta una tasa de alcohol en la sangre superior a 0.080 miligramos por 100 mililitros o de alcohol en aire espirado superior a 0.40 miligramos/litro, o se encuentre bajo el influjo de drogas, psicotrópicos, estupefacientes u otras sustancias, se suspenderá su licencia o permiso de conducir por un lapso de 18 meses.

Si reincide en una segunda ocasión se suspenderá su licencia o permiso por un periodo de tres años y en caso de una tercera ocasión, será de manera definitiva.

Cabe señalar que este año han fallecido 32 personas por accidente de tránsito, siendo el 60 por ciento de estos acaecidos en Mérida y su periferia, en la cual circulan 150 mil vehículos diarios, aumentando un 50 por ciento en temporada vacacional.

Lo más leído

skeleton





skeleton