¿Tercer crédito del Infonavit?
El poder de la pluma.
El día seis de octubre del presente año, el Ejecutivo federal envió a la Cámara de Diputados y a la Secretaría de Gobernación una iniciativa con proyecto de decreto para adicionar y reformar la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Con esta iniciativa se pretende dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 123 apartado A, frac. XII, que expresa que toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase… estará obligada… a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas, lo cual se cumple con la aportación patronal al Infonavit, que es del 5% del salario base de cotización de los trabajadores.
A su vez, el apartado B, frac. XI, inciso f), dispone que se proporcionarán a los trabajadores habitaciones baratas, en arrendamiento o venta, mediante aportaciones a un fondo de vivienda (Fovissste), para constituir depósitos en favor de los trabajadores que permitan otorgarles crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, para construirlas, repararlas, mejorarlas o pagar pasivos adquiridos por estos conceptos.
Como novedad, la propuesta en comento contempla que, a la entrada en vigor del Decreto de cotizar al Infonavit, podrá otorgarse crédito para “la adquisición en propiedad de suelo destinado para construcción de vivienda, con crédito otorgado por Infonavit y que, con respaldo de los recursos de la cuenta individual, se podrán adquirir en propiedad habitaciones o suelo para construcción de vivienda; construcción o autoproducción de vivienda en suelo de su propiedad; reparación, ampliación o mejoras de habitaciones; pago de pasivos por los conceptos anteriores y refinanciamiento de crédito adquirido con institución financiera; y agrega que se tendrá derecho a más de un segundo crédito.
Para el caso de Fovissste, se contempla igual derecho que el descrito para los trabajadores cuyos patrones aportan a Infonavit.
Asimismo, dependencias y entidades de los poderes de la unión deberán hacer al Fondo de la Vivienda una aportación del 5% del sueldo básico devengado por cada trabajador.
Tal como podemos apreciar en los párrafos anteriores, la iniciativa trae buenas novedades y beneficios para los trabajadores; entre ellos son de destacar que, al entrar en vigor las reformas propuestas por el presidente de la República, los trabajadores que coticen a Infonavit o a Fovissste podrán obtener crédito para la compra de suelo, siempre que dicha compra sea para, en el momento o posteriormente, construir vivienda.
También es de destacar que se tendrá derecho a más de un segundo crédito, siempre que se satisfagan los requisitos de ley, lo mismo para el caso de refinanciamiento de crédito.