Obtiene planta de gas “plazo de gracia” tras pagar multa
Le fue levantada de manera condicionada los sellos de la instalación e inició los trámites necesarios para obtener su resolutivo favorable en materia de impacto ambiental.
La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) del Gobierno Federal le “da chance” a la empresa que carece de Manifiesto de Impacto Ambiental y que fue construida, incluso, sin contar con los permisos municipales del Ayuntamiento de Tixpéhual, Yucatán, donde tiene su sede.
La ASEA dio a conocer ayer que la “Planta Distribuidora de Gas L.P. Tixpéhual”, perteneciente a la empresa Mayagas Peninsular -que clausuró con el estatus de total temporal desde hace dos meses-, pagó la multa aplicada por carecer del Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) vigente, y que, a cambio, “bajo el principio de buena fe”, le levantaron de manera condicionada los sellos de la instalación.
Aunque no reveló el monto de la multa, la ASEA indicó que la clausura continúa en las válvulas de las llenaderas; y en las válvulas de distribución, donde permanecen los sellos, cintillos y cinta de seguridad, así como se constató que el nivel del tanque de almacenamiento era idéntico al que se asentó en la visita inicial de fecha 15 de agosto pasado, cuando fue clausurada.
El pasado martes 22 de octubre este rotativo informó que, instalada en el kilómetro 10.6 de la carretera Mérida-Tixpéhual, la “Planta Distribuidora de Gas L.P. Tixpéhual”, propiedad de la empresa Mayagas Peninsular, opera, no sólo sin permisos ambientales, sino que lo hace pese a la clausura total impuesta por la ASEA del Gobierno Federal. Durante un recorrido de Novedades Yucatán hasta la planta se constató que estaba abierta en esa fecha, con personal de seguridad particular que daba acceso al inmueble a los camiones que entraban y salían. Las imágenes obtenidas mostraban autotanques de gas que estaban cerca de las estaciones de suministro. Esas unidades no estaban ahí cuando la Agencia clausuró el lugar.
Los sellos que la ASEA colocó en las puertas, en los que especifican el motivo de la clausura y advierte de las sanciones en caso de ser violados, todavía se podían notar en uno de los portones de la planta.
Sobre el tema la ASEA reveló que, de hecho, son dos multas las que aplicó este año a la “Planta Distribuidora de Gas L.P. Tixpéhual”, la primera, impuesta en el primer trimestre porque no dejaron entrar a los funcionarios de esta dependencia a supervisar la operación de la planta, y la segunda, aplicada hace dos meses cuando confirmaron que no cuentan con la MIA vigente.
A través de un comunicado la ASEA expuso textualmente lo siguiente: “la empresa realizó el pago de la multa referida, asimismo, inició los trámites necesarios para obtener su Resolutivo favorable en materia de Impacto Ambiental, tal como se puede consultar en la Gaceta Ecológica ASEA/38/2024 publicada en la página web de esta Agencia. No obstante lo anterior, la medida de seguridad decretada continuará hasta en tanto la empresa no cumpla a cabalidad con las medidas correctivas determinadas por esta Agencia, en el entendido que bajo el “principio de buena fe”, esta autoridad a solicitud de la empresa, se levantaron de manera condicionada los sellos de la instalación, con la finalidad de incentivar el cumplimiento de la normatividad en materia de impacto ambiental aplicable al Sector Hidrocarburos”.
Asimismo expuso: “el pasado 21 de octubre, la ASEA realizó una visita de verificación a la Planta de Distribución de Gas Licuado de Petróleo, propiedad de la empresa Maya Gas Peninsular ubicada en el Estado de Yucatán, para verificar el estado que guardan los sellos, cintillos y cinta de seguridad, a fin de constatar el cumplimiento de la medida de seguridad impuesta. Durante la visita se corroboró que los cintillos, sellos y cinta de seguridad no fueron violados, manteniendo así la clausura temporal total de la instalación. Además se constató que el nivel del tanque de almacenamiento era idéntico al que se asentó en la visita inicial de fecha 15 de agosto del presente año”.
“Es importante mencionar que la ASEA, en ejercicio de sus facultades y con la finalidad de privilegiar el principio precautorio aplicable a la materia ambiental, determinó imponer la medida de seguridad consistente en la clausura temporal total de la instalación, lo anterior en virtud de los incumplimientos detectados. Por otro lado, se determinó imponer una multa cuyo monto no puede ser revelado toda vez que el expediente se encuentra aún en trámite por esta Agencia”.