¿Qué beneficios me da el IMSS?
Jaime Gutiérrez: ¿Qué beneficios me da el IMSS?
Para millones de personas en este país, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es más que una tabla salvadora que los mantiene a flote, ante la presencia en sus vidas de situaciones adversas, causadas por un estado de incapacidad o de invalidez; por razón de cesantía o de vejez, viudez, orfandad o de pérdida del soporte económico, para los ascendientes dependientes de un trabajador asegurado.
Realmente, en un país donde la suficiencia de recursos económicos no es nuestra principal virtud, poder brindarle un cúmulo de servicios con calidad, en tiempo, en modo y en forma, además de prestaciones en especie o en dinero, a más de 80 millones de personas (aseguradas y beneficiarias) es más que una misión imposible.
Pero, se ha preguntado usted alguna vez, ¿qué tantos beneficios le otorga el IMSS? Déjeme en las siguientes líneas platicarle la cantidad y variedad de prestaciones y servicios a los que tienen derechos los trabajadores asegurados, sus beneficiarios y otros sectores de la población, por virtud de decretos presidenciales. Primero, sepamos que el IMSS es el instrumento fundamental creado por el Estado Mexicano, para cumplir el objetivo constitucional en materia de seguridad social.
Seguridad social es la protección a la sociedad que brinda a sus integrantes a través de una serie de medidas públicas contra las privaciones económicas y sociales ocasionadas por la desaparición o una fuerte reducción en los ingresos de los asegurados, por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte.
Pero, ¿qué realmente recibimos del IMSS? Bueno, del IMSS recibimos prestaciones en especie, en dinero y servicios. Dentro de las prestaciones en especie se pueden recibir consultas médicas de primero, segundo y tercer nivel, por accidente o enfermedad, profesional y no profesional, medicamentos, estudios de laboratorio, Rx, imagenología y estomatología, hospitalización, cirugías y rehabilitación, atención de la maternidad y canastilla.
En materia de prestaciones económicas es posible recibir subsidios por enfermedad general y/o accidente, profesional o no profesional, así como por maternidad, ayuda para gastos de matrimonio y gastos de funeral, pensiones e indemnizaciones por incapacidad temporal, permanente parcial y permanente total, por invalidez temporal o definitiva, por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez (Ley 1973), asignaciones familiares y/o ayuda asistencial, cuando estas correspondan, por viudez y orfandad (más finiquitos cuando estos correspondan), o por ascendencia, y préstamos directos a pensionados (Ley 1973).
En prestaciones sociales recibimos servicio de guarderías, campañas de vacunación para la prevención de riesgos, enfermedades, accidentes y adicciones, sexualidad y paternidad responsable, acceso a actividades para promoción de la salud, impulso y desarrollo de actividades culturales, deportivas y recreativas, capacitación para el trabajo y adiestramiento técnico, centros vacacionales y velatorios, entre otros. ¿Falta algo más?