Yucatán: no habrá multas para quien maneje con placas o tarjetas de circulación vencidas
No habrá multas siempre y cuando las licencias hayan sido expedidas a partir del 2017.
MÉRIDA.- En días pasados el Gobierno del Estado anunció la suspensión temporal del reemplacamiento en la entidad, como una medida para no afectar aún más la de por sí ya lastimada economía de los ciudadanos ante la pandemia del coronavirus. Sin embargo, también se anunciaron otras acciones en beneficio de los propietarios de vehículos.
Ésta es que desde el 1 de septiembre se suspendieron todas las sanciones administrativas (multas) para las personas que guían vehículos con placas o tarjeta de circulación vencidas, precisamente en relación con la suspensión del reemplacamiento, que iniciará de nuevo hasta enero de 2022.
Según el acuerdo SSP 3/2020, emitido el 1 de septiembre pasado, “se suspende temporalmente la aplicación de sanciones administrativas (multas) por guiar vehículos en el estado con tarjetas de circulación vencidas”, y dicho acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, de acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial del Gobierno del estado.
El acuerdo consta de tres artículos que refieren que no se aplicarán las multas por transitar con placas que no sean vigentes, siempre y cuando hayan sido expedidas en 2017, 2018, 2019 ó 2020.
Asimismo, no se aplicaran sanciones administrativas por conducir con tarjetas de circulación que correspondan a las placas emitidas en los años ya referidos, y se aclara que dicha suspensión no aplica a quienes transitan con vehículos cuyas tarjetas y placas hayan sido expedidas antes de 2017.
Esto, debido a que aún hay muchos vehículos que circulan por el estado, cuyos propietarios no han realizado cambios de placas desde el año mencionado, y sólo para ellos aplicarán posibles multas por parte de las autoridades.
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