Sufre agresión por un hombre que la ha acosado por 11 años; lo dejan en libertad

El sujeto fue vinculado por los delitos de acoso sexual y lesiones, pero llevará el proceso en libertad

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La mujer indicó que desde el 2009 ha sufrido acoso por el sujeto. (Foto de cotexto)
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MÉRIDA, Yucatán.- Tras 11 años de estar obsesionado con una mujer, Giberthy de Jesús "N" terminó por agredirla porque ésta siempre se negó a tener una relación sentimental con él, lesionándola en los brazos durante un jaloneo.

Este sujeto fue vinculado a proceso por los delitos de acoso sexual y lesiones, pero enfrentará el proceso en libertad, pues se le decretaron medidas cautelares distintas a la prisión preventiva.

Los fiscales habían solicitado la medida cautelar de prisión preventiva, pues las conductas realizadas por el imputado generaron inseguridad y afectaciones psicológicas a la denunciante, tal y como lo determinó un psicólogo forense.

En la acusación los fiscales establecieron que durante el año 2009 la ciudadana V.A.B.C. conoció al a imputado cuando ambos estudiaban en la misma escuela, pero desde entonces ha tenido la intención de que la denunciante sea su pareja sentimental, al grado de asediarla constantemente con una finalidad lasciva.

Sin embargo, la víctima le negó dicha relación, por consiguiente, durante todo este tiempo el acusado la molestó en reiteradas ocasiones por medio de llamadas telefónicas; de igual manera le hizo llegar cartas y regalos.

En fecha 25 de noviembre de 2020, al ahora acusado interceptó a la denunciante, refiriéndole que no puede vivir sin ella y que la ama, el caso es que en un momento determinado la agredió físicamente hasta ocasionarle lesiones leves, debido a que la jaló de sus brazos y forcejeó con ella al grado de lastimarla, por lo que al ser valorada por un médico experto del Servicio Médico Forense que concluyó que sus lesiones son de las que tardan menos de quince días en sanar y que no ponen en peligro su vida.

En la audiencia realizada ayer en el Centro de Justicia Oral de Mérida, la juez primero de control Blanca Bonilla González, dictó el auto de vinculación a proceso por los delitos de Acoso Sexual y Lesiones, previsto y sancionado el primero por los artículos 358 primera hipótesis y 357, y el segundo previsto y sancionado por el artículo 308-BIS fracciones I y II, todos del Código Penal del Estado, en vigor, y a su vez relacionados con los numerales 30 y 410 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en vigor, al tratarse de un concurso real de delitos.

Sin embargo, dictó las medidas cautelares de no salir del estado previa autorización judicial, no acercarse a la víctima, a los familiares de esta última ni a los testigos. También otorgó un plazo de tres meses para el cierre de investigación de este caso.

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